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Reviven fallo sobre la reducción de ‘megapensiones’

La sección primera del Consejo de Estado revivió las 'megapensiones' que había prohibido la Corte Constitucional, cuyo tope fuera superior a los 25 salarios mínimos.

1 de septiembre de 2015 Por: Elpaís.com.co l Colprensa

La sección primera del Consejo de Estado revivió las 'megapensiones' que había prohibido la Corte Constitucional, cuyo tope fuera superior a los 25 salarios mínimos.

El Consejo de Estado aseguró que el fallo de la Corte Constitucional que redujo las ‘megapensiones’ a congresistas y magistrados solo es aplicable a casos de pensiones reconocidas “entre el 31 de julio de 2010 y el 01 de julio de 2013”. 

En fallo de tutela, la Sección Primera de la Corporación indicó que a “los congresistas cuyas pensiones fueron causadas, reconocidas, liquidadas y se venían pagando, de manera legítima y de buena fe, antes del 31 de julio de 2010; no les es aplicable lo dispuesto en la sentencia C-258 de 2013, ni en lo relativo a los factores que se tuvieron en cuenta para su reconocimiento, ni en el tope de los 25 SMLMV”. 

Esto, porque tienen derechos adquiridos y no se les podrá reajustar automáticamente el valor de la pensión. Esta polémica sentencia del Consejo de Estado choca con lo establecido por la Corte Constitucional, que dijo que era para todas las pensiones, y además establece una serie de parámetros a esa sentencia para decir que solo se aplica a las pensiones de congresistas, causadas después de la entrada en vigencia del Acto Legislativo 001 de 2005, de sostenibilidad fiscal.

Así lo dijo el Consejo al analizar el caso del congresista Pablo Victoria, a quien le fue reducido el pago de su pensión tras el fallo de la Corte. Allí indicó que el Fondo de Previsión Social del Congreso no podía variar su situación pensional y ordenó el reajuste de nuevo a una millonaria pensión.

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