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Nace la pensión familiar en Colombia, conozca los requisitos para acceder a ella

En el 2012 las parejas y matrimonios podrán acceder a una pensión familiar, que permitirá al Estado proteger a hogares de menor ingreso.

15 de junio de 2012 Por: Redacción de El País

En el 2012 las parejas y matrimonios podrán acceder a una pensión familiar, que permitirá al Estado proteger a hogares de menor ingreso.

A partir de este año las parejas y matrimonios podrán acceder a una pensión familiar , lo que permitirá al Estado proteger a aquellos hogares de menores ingresos. La pensión familiar fue aprobada por el Congreso y pasó a sanción presidencial para que se convierta en ley.La senadora y coordinadora de ponentes, Dilian Francisca Toro, explicó que se trata de un histórico logro social, que además busca elevar del 25% al 35% la cobertura pensional en Colombia. Es decir, el número de personas que hoy están cotizando (al régimen de prima media del ISS o a los fondos privados) para tener derecho a ese beneficio.Por su parte, el senador Jorge Ballesteros destacó que la pensión familiar mejorará la calidad de vida de los hogares y les permitirá a los adultos mayores la posibilidad de una vida más digna.La iniciativa había transitado por dos legislaturas sin lograr apoyo . El costo fiscal de las pensiones familiares, según el ministro de Hacienda, Juan Carlos Echeverry, será de $6 billones anualmente.Para tener en cuenta¿Qué se necesita para calificar a una pensión familiar?Que exista un matrimonio o una unión marital de hecho entre un hombre y una mujer. Y que ambos demuestren una convivencia de 5 años antes de haber cumplido los 55 años de edad. ¿El requisito de la edad será obligatorio?Sí. El hombre deberá acreditar una edad de 62 años y la mujer 57 años. Y que ambos hayan trabajado, pero sin haber cotizado a nivel individual las semanas que exige la ley para tener derecho a una pensión. Igualmente, se necesitará que a los 45 años de edad hayan cotizado el 25% de las semanas requeridas. ¿Se podrán sumar las cotizaciones aportadas por ambos?Sí. Pero ambos deberán pertenecer al mismo régimen. Al sumar sus aportes la pareja podrá completar así el número de semanas cotizadas y que por ley es de 1.000 en el régimen de prima media. Quienes aporten a fondos privados también podrán sumar sus ahorros.¿Cuál sería el monto de la pensión, y a qué familias beneficiará? Beneficiará a los hogares de estratos 1 y 2 del Sisbén. La pensión será de un salario mínimo mensual.¿A nombre de cuál de los cónyuges saldría la pensión?Estará en cabeza de ambos, porque se trata de un núcleo familiar. ¿Si hay separación o divorcio, se perderá la mesada?No. La misma se repartirá por partes iguales. Es decir, 50% para cada uno de los cónyuges, según se acordó en la conciliación del proyecto, dice la senadora Dilian Francisca Toro.¿Y en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges, qué pasa?La mesada quedará en cabeza del cónyuge sobreviviente. Y si este último fallece, se extingue dicho beneficio, ya que la pensión no podrá ser heredada por los hijos.

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