Meten en cintura la compra y venta de la cartera de crédito
Supersolidaria dice que cooperativas no tienen por qué atar al usuario con otros servicios.
Supersolidaria dice que cooperativas no tienen por qué atar al usuario con otros servicios.
La compra y venta de cartera de créditos se ha convertido en una modalidad en la que muchos colombianos están refinanciando sus deudas. Sin embargo, algunas cooperativas y entidades del sector solidario están atando las cuotas a servicios exequiales y odontológicos, entre muchos otros.Por ello, la superintendente de la Economía Solidaria, Olga Lucía Londoño Herrera, dijo que aunque estas organizaciones tienen naturaleza mutualista y son sin ánimo de lucro, tienen el deber de guardar la buena fe comercial, desarrollar sus actividades con un interés social y respetarlas características y principios que rigen a las organizaciones solidarias y los derechos de los asociados. Recordó que así lo establece la Circular Externa No. 008 de 2014 expedida por la Superintendencia de la Economía Solidaria, en la cual imparte instrucciones a las organizaciones vigiladas sobre los criterios a tener en cuenta para comprar o vender cartera de créditos.La funcionaria recalcó que está prohibido atar esas operaciones a la venta de productos que se cobran simultáneamente con las cuotas del crédito (ventas atadas), tales como servicios exequiales y odontológicos; cobro de intereses que superan los límites legales (delito de usura) y falta de transparencia en las sumas cobradas a los usuarios.Si bien las organizaciones de la economía solidaria están sometidas a la vigilancia de esta Superintendencia, deben dar cumplimiento a las normas previstas en el Estatuto del Consumidor, así como a las instrucciones de la Superintendencia de Industria y Comercio, o cual incluye el otorgamiento de crédito y la venta de bienes o servicios mediante sistemas de financiación, anotó.LibranzasRespecto a los descuentos de nómina por concepto de créditos de libranza, la Superintendente recordó que los mismos no deben superar el 50 % del salario del usuario.Subrayó que este tipo de transacciones no deben utilizarse para hacer más precarias las condiciones de los asociados por medio al impulsar su endeudamiento.