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Más colombianos deberán declarar renta en el 2014

A la nueva base de contribuyentes entrarán más asalariados, profesionales independientes y hasta pequeños comerciantes.

6 de febrero de 2014 Por: Redacción de El País

A la nueva base de contribuyentes entrarán más asalariados, profesionales independientes y hasta pequeños comerciantes.

Si usted es uno de los colombianos que en calidad de empleado, trabajador independiente (o por cuenta propia) tuvo el año pasado ingresos totales por encima de $37.577.000, debe alistarse desde ya para declarar renta. Ello obedece a la nueva clasificación que trajo la reciente reforma tributaria y que fue reglamentada en el Decreto 2972 del 2013 que busca ampliar la base de contribuyentes en el país.Eso significa que miles de personas se estrenarán este año como declarantes del impuesto sobre la renta por haber tenido en el 2013 ingresos brutos mensuales superiores a los $3.131.416, ya sea por salarios, comisiones, ventas y hasta por haber negociado un carro.Antes de la reforma tributaria la ley clasificaba como declarantes a los asalariados, trabajadores independientes y demás personas naturales (pequeños comerciantes, artesanos, tenderos, etc), para quienes regían topes diferenciales respecto a sus ingresos brutos. Ahora el Decreto 2972 dejó tres grupos: empleados, trabajadores por cuenta propia, y demás personas naturales. Y para todas fijó el mismo tope en materia de ingresos brutos: $37.577.000 para el año gravable 2013. Un cambio duroLo más significativo del cambio es que en el 2012 era obligatorio para los empleados declarar renta por ingresos superiores a los $85.962.000. Este año lo harán a partir de $37.577.000.Según el tributarista, Tulio Restrepo, “la intención del Gobierno no es otra que redoblar el control fiscal sobre las personas naturales, y de esta manera ampliar la base de contribuyentes”.El experto estima que al menos un millón de colombianos más serán sujetos del impuesto sobre la renta, aunque aclaró que “no todos deberán pagarlo, ya que muchos podrían tener saldos a favor por haber pagado retenciones en la fuente por salarios y comisiones”, “Ahora no hay distinción entre asalariados comunes, profesionales, vendedores y tenderos, ya que todos deberán declarar renta”, subrayó.Se calcula que hoy al menos 1,4 millones de personas naturales declaran y pagan el impuesto sobre la renta.A su turno, el también tributarista, Julio César Leal, señaló que “el impacto de esta medida será más fuerte para los trabajadores independientes, ya que tendrán una mayor carga en materia de parafiscales respecto a sus ingresos, y no sobre sus utilidades”.En su concepto, con esta norma la Dian “perseguirá más a quienes trabajan honestamente, y no a quienes venden contrabando y realizan transacciones ílícitas. Ese no es el camino”.Asimismo, el tributarista Luis Hernando Franco Murgueitio, anotó que “los nuevos montos, sobre todo para los empleados, son muy bajos”, pues se nota “que el objetivo de la Dian es buscar nuevas fuentes de ingresos para ampliar su recaudo este año. Eso es un hecho, y no hay otra alternativa”.El año pasado, la Dian recaudó $99 billones en impuestos. La meta del 2014 es superar los $110 billones.¿A quiénes cobijan los cambios tributarios?Tributan quienes sean trabajadores por cuenta propia y que hayan tenido ingresos por más de $37.577.000 en el 2013. En el 2012 se declaraba por encima de los $36.469.000.También se declara renta por haber tenido en el 2013 un patrimonio bruto superior a $120.785.000. En el 2012 era a partir de $117.221.000. Declaran renta las personas que en el 2013 realizaron compras y consumos por encima de $75.155.000. En el 2012 ese tope fue de $72.937.000.Declaran quienes hayan hecho compras con tarjeta de crédito por más de $75.155.000. En el 2012 ese tope fue de $72.937.000. Y consignaciones, depósitos e inversiones financieras superiores a $120.785.000. En el año gravable del 2012 el tope fue de $117.221.000. Declaran renta por el año gravable 2013 si tuvieron ingresos totales por más de $37.577.000. En el año 2012 se declaraba a partir de $85.962.000.Cómo declararLas personas deberán estar atentas al calendario de vencimientos para declarar, los cuales empiezan el 12 de agosto y finalizan el 22 de octubre del 2014.Para declarar es necesario obtener el Registro Único Tributario, RUT, ante la Dian.El RUT es necesario, ya que las fechas de vencimiento están ligadas a los dos últimos dígitos de este certificado.En el RUT, la persona deberá describir su actividad: asalariado, trabajador o profesional independiente, comerciante, u otra actividad. Si la persona no declara, la Dian lo calificará como omiso. Y podrá hacerlo declarar y cobrarle el impuesto por la vía jurídica.

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