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Estas son las principales dudas de los caleños sobre las pensiones

Marcelo Duque Ospina, especialista con 23 años de experiencia en el área de pensiones y seguridad social, resolvió las inquietudes sobre el tema en un extenso diálogo con los lectores de Elpais.com.co

5 de diciembre de 2011 Por:

Marcelo Duque Ospina, especialista con 23 años de experiencia en el área de pensiones y seguridad social, resolvió las inquietudes sobre el tema en un extenso diálogo con los lectores de Elpais.com.co

Una nueva reforma pensional, que modificaría las condiciones vigentes en la actualidad para que los colombianos accedan a su jubilación , podría ponerse en marcha en el 2012.Por eso, desde ya, los trabajadores colombianos deben tener en claro la realidad del régimen pensional , y planificar muy bien su futuro. Ese fue el principal mensaje entregado por el experto en pensiones Marcelo Duque Ospina, quien resolvió este lunes diversas inquietudes a través de un Twitcam (chat en video) con los usuarios de Elpais.com.co.Duque Ospina, quien posee 23 años de experiencia en el área y gerencia el portal web Comomepensiono.com, respondió así algunas preguntas de nuestros lectores: ¿Cuál es la diferencia entre pensionarse por el Seguro Social y con una AFP?Las diferencias son las siguientes: En el seguro social las personas se pensionan por las semanas cotizadas, independientemente de donde haya trabajado, y por la edad. (mujeres 55 años, hombres 60)En el Fondo privado las personas se pensionan en función del capital que construyen o acumulan a lo largo de su vida, es decir, tanto el trabajador como la empresa donde labora aportan a un capital individual y cuando llegue el momento de pensionarse (mujeres 57 años, hombres 62 años) el trabajador puede disfrutar de su pensión. ¿Qué pasa cuando alguien cumple las semanas y no lo han pensionado?Es importante aclarar que para pensionarse en Colombia es necesario cumplir con dos requisitos. El primero, el trabajador debe cotizar 1.300 semanas como mínimo. El segundo, las mujeres deben tener 55 años y los hombres 60 años. Si ninguno de estos requisitos se cumplen al unísono, la pensión no se puede generar. ¿Es verdad que el Seguro Social no tiene cómo responder por la pensión de los colombianos?Es verdad. El Seguro Social no tiene recursos para responder por las pensiones de los colombianos, sus reservas se agotaron desde el 2004, por lo tanto el Gobierno Nacional cada año debe girar de su presupuesto para pagar la pensión a los colombianos. Este año la Nación giró 24 billones de pesos, eso demuestra que el Gobierno no dejará sin la plata de la pensión a los colombianos.Estoy afiliado a un fondo privado, ¿que debo hacer para obtener una pensión anticipada?La pensión anticipada es un instrumento que otorga la ley cuando alguien aporta por régimen de fondo privado. Sin embargo, es necesario examinar cuanto tiempo y dinero tiene en la cuenta individual (mínimo 100 millones de pesos acumulados en aportes) y a cuanto asciende su bono pensional. No obstante, si la persona es muy joven, y no cumple con la edad establecida (57 años mujer y 60 años hombre) recomendamos esperar, porque normalmente este tipo de pensiones salen por valores muy pequeños. ¿Es mejor cotizar con el sector público o con el privado? R// Eso depende. Depende del tipo de empresa donde trabaje. Hay empresas que pagan mejor la mesada pensional. Sin embargo, si se llegara a quebrar el ISS o si se quebraran todos los fondos pensionales, es el Gobierno Nacional quien responde por el dinero de las pensiones. ¿Es más rápido obtener la pensión por un fondo privado?Depende. Si el usuario ha estado aportando a través del Seguro Social toda su vida, entonces la pensión saldrá rápido. Pero si el usuario cambia del ISS a un fondo privado, o viceversa, la pensión se demorará más en salir. No obstante, la pensión por el fondo privado se demora más de dos meses en salir una vez se hayan cumplido los requisistos previos. ¿Qué pasa si un usuario trabaja en una empresa que entra en quiebra y esta no ha pagado los aportes de pensión?Estos casos son siempre difíciles. La única forma es que el Seguro Social tenga la historia laboral del trabajador para constatar las semanas cotizadas y los pagos.¿Siguen vigentes las pensiones de trabajos de alto riesgo?Si. La ley 100 y la última reforma a la ley 726 dejaron vigentes las pensiones especiales para algunos trabajos de alto riesgo, como las actividades de minería.¿Si estoy joven y tengo un salario mínimo, me conviene pensionarme?Las pensiones en Colombia siempre inician sobre un salario mínimo, tanto en el fondo privado como en el ISS. Sin embargo, si la persona es joven y quiere cotizar hasta los 62 años, convendría cotizar a través de un fondo privado, ya que esta opción genera mayor rentabilidad a largo plazo. ¿Puedo solicitar el dinero de mis aportes a pensión si vivo en otro país?No. El dinero del tiempo cotizado de la pensión no se puede transferir. La ley asegura que las pensiones tienen destinación especifica, no se pueden utilizar para otra cosa. La persona deberá esperar a cumplir con los requisitos de semanas cotizadas y edad. No obstante, el Gobierno Nacional desde hace cuatro años ha venido haciendo convenios con países como Perú y España, para que los colombianos puedan cotizar desde estos países y estas semanas se sumen, y así lograr la pensión.

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