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CRC Y Mintic ajustan normativas de servicio para operadores móviles

De ahora en adelante la cláusula de permanencia mínima deberá advertir detalladamente al usuario las condiciones asociadas con este respecto en todas las condiciones.

10 de agosto de 2010 Por: Colprensa l Elpais.com.co

De ahora en adelante la cláusula de permanencia mínima deberá advertir detalladamente al usuario las condiciones asociadas con este respecto en todas las condiciones.

La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) y el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones ajustaron el Régimen de Protección de los Derechos de los suscriptores y/o usuarios de los servicios de Telecomunicaciones.A su vez, se determinó que a partir del primero de noviembre de 2010 el usuario tendrá 30 días calendarios desde la fecha de vencimiento de la vigencia de la tarjeta prepago para transferir saldo no consumido a una nueva tarjeta.Finalmente, con el fin de promover el uso y apropiación de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, desde el primero de octubre de 2010 los consumidores podrán presentar sus peticiones, quejas y recursos (inconformidades con las decisiones de sus proveedores) a través de la página web de los proveedores.

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