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Artículo sobre IVA de licores enreda debate de la reforma tributaria

El Decreto 1222 de 1986 establece que el “Gobierno Nacional cederá a los departamentos el valor del impuesto a cargo de las licoreras departamentales”.

13 de diciembre de 2012 Por: Elpais.com.co | Colprensa

El Decreto 1222 de 1986 establece que el “Gobierno Nacional cederá a los departamentos el valor del impuesto a cargo de las licoreras departamentales”.

Un nuevo artículo se suma al debate de la reforma tributaria y enfrenta a las licoreras y cerveceras. Éste plantea que las empresas productoras de licores puedan descontar el componente del IVA del impuesto al consumo, con el fin de mejorar su rentabilidad, ser más competitivas y posiblemente bajar sus precios, aspecto que no le favorecería a las cerveceras. El pasado 29 de noviembre, los congresistas aprobaron en primer debate el artículo 192. Este dice que “la cesión del IVA en ningún caso podrá ser afectado con impuestos descontables, salvo el correspondiente a los productores oficiales, que podrán descontar el componente del IVA del impuesto al consumo o participación según sea el caso, el IVA pagado en la producción de los bienes gravados, entendidos estos como licores cuya producción está monopolizada y es producida directamente por las empresas licoreras departamentales”. El Decreto 1222 de 1986 establece que el “Gobierno Nacional cederá a los departamentos el valor del impuesto a cargo de las licoreras departamentales”. El valor de esta cesión se destinará, según el artículo 134, a sufragar los gastos de funcionamiento de los hospitales universitarios y regionales. A diferencia de las cervezas, las licoreras no tienen IVA, sino el impuesto al consumo. El IVA se definió como el 35% del otro gravamen. Cuando las empresas producen los licores pagan insumos como la tapa, la etiqueta, entre otros y, sobre todo eso, pagan IVA; sin embargo, el IVA recaudado es 0. Como el bien no tiene IVA, el gravamen pagado se va al costo y no lo pueden restar de su base gravable. El artículo en mención hace la solicitud de que se les permita a las compañías restar el IVA del impuesto al consumo. En 2009 se presentó un proyecto para que se regulara la cesión del IVA de licores a cargo de las licoreras departamentales en lo correspondiente al descuento del impuesto para los productores oficiales. Esta iniciativa tuvo oposición, ya que algunos congresistas argumentaron que habría un impacto negativo sobre los departamentos, ya que se dejarían de percibir recursos por concepto de IVA a los insumos requeridos para la producción de los licores. Este proyecto fue sancionado en 2010. El impuesto al consumo pertenece a donde se consume el aguardiente; es decir que el impuesto se cobra sobre todos los licores y se divide según donde se consume mas no donde se produce. Aunque Antioquia produzca el 60% del aguardiente, no lo consume todo. Cuando las empresas resten el IVA del 60% de su producción sobre el impuesto al consumo de todos los demás, esto mejorará la rentabilidad de la licorera porque tendrá un ahorro, pero disminuirá el impuesto a consumo para repartir entre todos, lo que hace que pierdan los entes territoriales que no tienen licoreras. Esta medida haría que las licoreras puedan pensar en reducir precios de sus productos, lo que no le caería bien a las empresas cerveceras. Este artículo hace parte de los 192 que quedaron en el texto de ponencia del segundo debate en las Plenarias de Senado y Cámara de Representantes. Ayer se levantó la sesión de la Cámara y se discutió en Senado; sin embargo, la votación quedó para hoy. Este miércoles, el representante a la Cámara Simón Gaviria, denunció que la tarifas del Impuesto Mínimo Alternativo, Iman, el nuevo sistema de determinación de renta para las personas naturales que se crearía con esta reforma, aumentaron hasta el 45% para quienes tienen unos ingresos mensuales entre $3,6 millones y $6 millones. Según sus cálculos, una persona que gana $5,3 millones al mes con la fórmula anterior pagaba $692.121 al año, es decir, $57.676 al mes. Con la tabla que pasó al último debate se aumentó a $964.334 al año o $80.361. Su tarifa efectiva pasaría de 1,01% a 1,52%, lo que le significaría un incremento de $22.685. Hoy en día esta persona tiene que pagar $491.000 al mes o $5,9 millones anuales. Gaviria dijo que solicitó que se mantenga la tabla inicial. Proposiciones para discutir el debateEn Plenaria de Senado y Cámara se discutirán 113 proposiciones que fueron retiradas del primer debate de reforma tributaria y quedaron como constancia para el último. Una de esas busca que a las empresas mineras y de hidrocarburos se les aumente dos puntos la tarifa de la Contribución Empresarial para la Equidad (Cree), el nuevo gravamen que financiaría el Sena, el Icbf y la salud. La tarifa del Cree que es del 8% haría parte del impuesto a la renta. Éste, cuya tarifa es del 33%, se disminuiría al 25% y se le sumaría la del Cree. La propuesta busca que sea de 10%.

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