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A partir del 15 julio estarán disponibles las nuevas licencias de conducción en Colombia

La nueva licencia de tránsito en Colombia tendrá como novedades unos hologramas fluorescentes similares a los de las cédulas de ciudadanía y el número será el mismo que en el documento de identidad.

12 de abril de 2013 Por: Elpais.com.co | Colprensa y La República

La nueva licencia de tránsito en Colombia tendrá como novedades unos hologramas fluorescentes similares a los de las cédulas de ciudadanía y el número será el mismo que en el documento de identidad.

A partir del próximo 15 de julio, quienes deban renovar sus licencias de conducción podrán hacerlo por el nuevo formato unificado, anunció el Ministerio de Transporte este viernes al presentar el nuevo diseño de este documento. Amparada bajo la Resolución 623 de 2013, esta licencia se diferencia de la anterior por las mismas razones que le dieron origen: seguridad, unanimidad y acceso a mayor información. Además, será un documento único con lo que se eliminan las categorías de moto, automóvil y bus público o particular. Es así que a diferencia del antiguo plástico, este incluye categorías en las que el conductor está certificado (tipo de vehículo que puede manejar), fecha de nacimiento, tipo de sangre, limitaciones físicas, huella, foto, código de barras. Además, esta licencia tiene como número único el documento de identidad del conductor, de manera que la información en el Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) será más completa, permitiendo así un mayor control por parte de las autoridades y agilizando los procesos de consulta. De ahora en adelante con su número de cédula se podrá verificar, por ejemplo, si la licencia es legal y el número de comparendos que tiene, entre otros datos. En cuanto a seguridad, el plástico contará con un trazado en forma de marca de una llanta color ocre. La lámina está reforzada con cinta holográfica de nivel de seguridad tres, similar a la de las cédulas de ciudadanía, lo que dificulta su falsificación. El costo de la nueva licencia sería el mismo que asumiría el conductor por los trámites de expedición (primera vez), renovación (si se venció), duplicado (si la perdió) y recategorización (si quiere pasar de vehículo público a particular y viceversa). Por esta razón la transición será progresiva conforme renueve o solicite su licencia, momento en el que podrá presentarse en las oficinas de tránsito a solicitar el nuevo formato. En los meses que faltan para que inicie la circulación de la nueva licencia, los organismos de tránsito se prepararán tecnológicamente en la adquisición de los nuevos materiales. Lo que debe saber sobre las licencias de conducción Se estima que en Colombia hay aproximadamente 16 millones de licencias de conducción que corresponden a 8 millones y medio de personas. De ellas solo la mitad podrían ser vigentes, las otras habrían sido suspendidas a conductores en estado de embriaguez o con conductas peligrosas. Sin embargo, gran cantidad de estas licencias se encuentran vencidas sin que sus titulares conozcan las consecuencias que acarrea dicha desactualización. El Código Nacional de Tránsito establece que la multa por conducir con una licencia vencida, o en su defecto sin tenerla, es de 8 salarios mínimos legales diarios vigentes, es decir, 137.600 pesos. Pero lo peor no es la multa, sino que recibirla implica, además, la retención del vehículo. La fecha de vencimiento de las licencias de conducción figura en la parte inferior de la cara frontal de la tarjeta. En algunas, más antiguas, no aparece fecha alguna, lo cual no significa que se trate de un caso especial. Si su licencia no cuenta con fecha de vencimiento es conveniente que haga el cálculo según la fecha de expedición o que se acerque a un organismo de tránsito para averiguar por el estado de la misma. El procedimiento de renovación actualmente oscila entre 40.000 pesos y 130.000 pesos, dependiendo del tipo de licencia y de la oficina donde se solicite.Debe hacerlo a través del organismo de tránsito donde la sacó inicialmente a través de un examen previo en un Centro de Reconocimiento que le certifique que está en perfectas condiciones psicomotrices para poder conducir. Tras la expedición del decreto 016 del 10 de enero de 2012 las licencias de conducción para vehículo particular tienen una vigencia de 10 años contados para las personas menores de 60 años, de 5 años para las personas entre 60 y 80 años y de un año para quienes superan los 80 años. En el caso de los vehículos de servicio público, tienen una vigencia de 3 años para conductores hasta los 60 años y anual para quienes superen dicho rango.

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