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Ampliar la base del IVA

Gravar la canasta familiar es regresivo e iría en contra del objetivo que ha planteado el presidente Duque de una ley de financiamiento que permita tener un sistema tributario más equitativo.

7 de octubre de 2018 Por: Hugo Mario Cárdenas López - Reportero de El País

Ampliar la base del IVA es una manera eficiente de aumentar el recaudo tributario. Por eso se está proponiendo extenderlo a los productos de la canasta familiar, lo que produciría unos $15 billones anuales según estimativos de Minhacienda, a los que habría que descontar unos $2 billones de la compensación para los más pobres.

Sin embargo gravar la canasta familiar es regresivo e iría en contra del objetivo que ha planteado el presidente Duque de una ley de financiamiento que permita tener un sistema tributario más equitativo. Aún suponiendo que se superen las dificultades logísticas para compensar a los más pobres, el mayor impacto sería para los vulnerables, esa nueva clase media que no recibe subsidios pero que apenas subsiste con ingresos un poco superiores a dos salarios mínimos.

En lugar de ampliar la base del IVA hacia abajo, hay que ampliarla hacia arriba, a bienes y servicios que solo compran los privilegiados que, de nuevo según el presidente Duque son los que deben pagar más impuestos. Una forma muy eficiente de hacerlo es imponer IVA a casi todas las ventas de inmuebles que hoy están excluidas.

La Reforma del 2016 abrió esta puerta al establecer un IVA del 5 % a las ventas de vivienda nueva con valor superior a unos $900 millones. Fue un primer paso en la dirección correcta que debe ampliarse por dos caminos: uno, elevando la tarifa y otro ampliando su aplicación a otras compraventas de finca raíz.

La tarifa del 5 % es muy baja en comparación con el promedio de los países de la Ocde, que en la mayoría de los casos gravan las ventas de vivienda con la tarifa general del IVA (de 19 % hasta 25 %); solo algunos países imponen una tarifa menor, tales como España e Italia (10 %), mientras que en el vecindario, Chile las grava con la misma tarifa general (19 %). Así debería ser en Colombia.

En cuanto al ámbito de aplicación debe ampliarse a todas las compras de bienes inmuebles con excepción de la vivienda VIS y VIP. El gobierno pasado contempló la posibilidad de imponer el IVA la venta de oficinas, bodegas y locales comerciales, pero se echó para atrás sin que haya justificación para esta excepción.

También deben gravarse las transacciones de inmuebles usado, pues excluirlos conlleva una utilidad no justificada para los propietarios actuales, pues el efecto de gravar los inmuebles nuevos será el de incrementar los precios de todo el inventario de inmuebles del país. En países como España se grava con el mismo IVA toda venta de inmuebles, así sea la tercera o cuarta transacción.

Finalmente este IVA debe aplicarse a las compraventas de terrenos rurales y urbanos. Es una forma de impuesto a la tierra que permitiría capturar parte de las enormes valorizaciones que se han dado, con la ventaja que solo se aplica en el momento de transacciones de manera que el contribuyente tiene la liquidez para pagarlo.

Esta ampliación del IVA es muy fácil de recaudar, porque se haría en las notarías, y si se supone que aplicaría solo a la mitad de las transacciones de finca raíz que se hacen en el país podría generar uno $10 billones anuales. Por supuesto hay que controlar la evasión que existe al declarar los predios por un valor inferior al comercial, pero hay mecanismos para hacerlo.

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