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Tumban beneficios a deudores morosos en la reforma tributaria

La decisión de la Corte Constitucional le quita los beneficios a deudores morosos de los impuestos, tasas, contribuciones y sanciones del nivel nacional de los periodos gravables 2012 y anteriores.

3 de diciembre de 2015 Por: Elpaís.com.co l Colprensa

La decisión de la Corte Constitucional le quita los beneficios a deudores morosos de los impuestos, tasas, contribuciones y sanciones del nivel nacional de los periodos gravables 2012 y anteriores.

La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó la norma que otorgaba beneficios tributarios a los deudores morosos de los impuestos, tasas, contribuciones y sanciones del nivel nacional de los periodos gravables 2012 y anteriores.    

Se trata del artículo 57 de la Ley 1739 de 2014 que daba un trato preferencial a favor de los contribuyentes incumplidos, lo que fue demandado por ser supuestamente violatorio del principio de igualdad.

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La Corte acogió los argumentos de la demandante y de la Procuraduría que indicaba que esos beneficios se constituyen en verdaderas amnistías tributarias, en tanto que se conceden a los sujetos pasivos de obligaciones que precisamente se han incumplido, lo que estimula la evasión. 

De acuerdo con la Procuraduría, la norma demandada no tiene ninguna justificación, más aún cuando, por el contrario, el Estado colombiano viene celebrando una serie de tratados internacionales para evitar la evasión y ha implementado una serie de reformas jurídicas y técnicas que pretenden precisamente dificultar este comportamiento, que se opone a la eficiencia tributaria. 

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