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Tribunal rechazó tutela presentada por Gustavo Petro contra Juan Manuel Santos

Se consideró improcedente la acción judicial instaurada por el ahora restituido alcalde de Bogotá, Gustavo Petro.

25 de abril de 2014 Por: ElPaís.com.co | Colprensa

Se consideró improcedente la acción judicial instaurada por el ahora restituido alcalde de Bogotá, Gustavo Petro.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su sección tercera, no avaló las pretensiones de una tutela interpuesta por el alcalde restituido Gustavo Petro contra el presidente de la República, por no acatar las medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos La acción propuesta por Petro fue basada cuestiona el que el mandatario Nacional no haya acatado las medidas cauterales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos -Cidh- en el caso de la destitución e inhabilidad del mandatario Distrital. En su determinación el magistrado ponente, Alfonso Sarmiento, consideró que la acción presentada por el hoy restituido alcalde sería improcedente debido a que en el Consejo de Estado cursa una acción de nulidad. En ese sentido, la sentencia explica que el alto Tribunal no podría interferir en dicha competencia. “La acción de tutela no fue establecida para sustituir o desplazar las competencias propias de los jueces en cada materia, ni para anticipar las decisiones en un determinado asunto, como lo que aquí se debate, dado que el fondo del asunto se encuentra pendiente de definición ante el Consejo de Estado”, dice la sentencia del Tribunal. La sentencia explica que la tutela, radicada el pasado 10 de abril por Petro, no sería procedente debido a que la tutela no podría suplantar los mecanismos judiciales, “con todo considera la sala que en la presente acción de tutela NO concurren los motivos excepcionales por los cuales procedería tramitarlo por el camino procedente y sumario; de manera que deviene improcedente, como quiera que la tutela no esta consagrada para suplantar los mecanismos judiciales ordinarios con los que cuenta el actor para la defensa de sus derechos”. Tutela versus tutelaAunque la tutela de este viernes no respalda lo pedido por mandatario Distrital; expertos explicaron que esta decisión no afectaría el fallo con el cual, el pasado martes, la sala de restitución de tierras del Tribunal Superior de Bogotá le ordenó al presidente Santos acatar las medidas cautelares de la Cidh, y por lo cual hoy Petro está en el Palacio Liévano. El fallo de hace tan solo tres días los magistrados Óscar Humberto Ramírez y Jorge Hernán Vargas ampararon los derechos de Petro con base en el artículo 23 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que argumenta que cualquier ciudadano tiene el derecho de “elegir y ser elegido en elecciones periódicas auténticas”.

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