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Superintendencia Nacional de Salud. | Foto: Colprensa

HOSPITAL

Supersalud sanciona a exgerente de hospital de Ocaña; deberá pagar millonaria multa

El exrepresentante legal del hospital Emiro Quintero Cañizares de Ocaña fue sancionado, luego de comprobar su negligencia en el desempeño como director de la institución.

22 de enero de 2023 Por: Colprensa

De acuerdo con la Superintendencia Nacional de Salud, Jairo Pinzón López, exrepresentante legal de la ESE Hospital Emiro Quintero Cañizares de Ocaña, Norte de Santander, tendrá que pagar una multa de 250 millones de pesos luego de que la entidad comprobará que hubo negligencia en el desempeño de sus funciones como director de la institución asistencial.

La decisión se basó en una visita de inspección realizada al hospital del 2 al 6 de junio de 2020, en la cual se evidenciaron incumplimientos para que se garantizará una correcta atención en salud a la población de la provincia de Ocaña y de la región del Catatumbo, así como deficiencias en la información entregada al grupo auditor de la Superintendencia.

Entre los hallazgos, el grupo auditor escogió aleatoriamente un convenio entre el hospital y la EPS Sanitas, y encontró que no contaba con el lleno de los requisitos de capacidad instalada frente a los servicios contratados, el modelo de atención implementado por la ESE y tampoco los indicadores de calidad del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad en Salud.

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De otro lado, la Supersalud evidenció que el exgerente no cumplió con la ejecución total del 5% del presupuesto asignado en el año 2019 para el mantenimiento de la infraestructura y dotación hospitalaria, de los $4.483 millones asignados, solo se ejecutaron $2.508 millones.

Durante el año 2019, Pinzón no realizó las actividades necesarias para manejar los recursos del Plan de Salud Pública Colectivas (PIC) en la cuenta de ahorros destinada para esto, ni tuvo la suficiente diligencia para que hubiera calidad o coherencia entre la información de los estados financieros reportada en el Sistema de Gestión Hospitalaria.

El acto administrativo señala que Pinzón omitió su deber de velar por el cumplimiento de las condiciones mínimas que deben ser incluidas en el acuerdo de voluntades para la prestación de los servicios.

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