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Se acaba plazo para que víctimas se inscriban ante Defensoría

Hasta el 30 de marzo tienen las organizaciones de víctimas y defensores interesados en conformar las mesas de participación de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.

26 de marzo de 2013 Por: Elpais.com.co | Colprensa

Hasta el 30 de marzo tienen las organizaciones de víctimas y defensores interesados en conformar las mesas de participación de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.

Un urgente llamado a las organizaciones de víctimas y defensores interesados en conformar las mesas de participación, hizo la Defensoría del Pueblo para que se inscriban o actualicen sus datos antes del 30 de marzo. De acuerdo con una circular de la entidad, este requisito es fundamental para el cumplimiento de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (Ley 1448 de 2011), toda vez que permite que los beneficiarios de la norma hagan seguimiento a su implementación y sean tenidos en cuenta en el diseño y desarrollo de los planes de acción que debe disponer el Gobierno a su favor. “Para la Defensoría del Pueblo, el ejercicio del derecho a la participación resulta fundamental en la implementación de dicha Ley para incidir en la política pública y para la realización de los derechos de las víctimas a la atención, la protección, verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición”, aseguró el defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora, en la comunicación. Los hechos victimizantes por los cuales se pueden inscribir tanto las organizaciones de víctimas como las de defensores de derechos son: amenaza, secuestro, homicidio, minas antipersonal, lesiones personales, desaparición forzada, tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes; desplazamiento forzado, delitos contra la integridad sexual, despojo, abandono de tierras, combates y hostigamientos, reclutamiento forzado de menores, actos terroristas y atentados o masacres originados por el conflicto armado interno. Para inscribirse, la Defensoría del Pueblo dispuso los formularios en la página web de la entidad (www.defensoria.org.co/leydevictimas), de donde pueden ser descargados de forma gratuita. Los oficios deben ser diligenciados reportando las novedades a que haya lugar y posteriormente se radican en las personerías de cada municipio o en las diferentes regionales de la Defensoría del Pueblo, en todo el país. Actualmente la Defensoría adelanta en varios departamentos de Colombia la capacitación a líderes de organizaciones de víctimas en temas relacionados con el derecho a la participación y las políticas públicas con enfoque en derechos humanos, a fin de fortalecer las competencias frente a la implementación de la Ley 1448. Requisitos para inscribirse Documento de identidad del representante legal o del delegado de la organización. Acta en la que conste la voluntad organizativa o asociativa de los miembros. Certificación, comunicación, acta o instrumento que avale la solicitud de inscripción y que, además, exprese la voluntad de participación por parte de los integrantes de la organización. Diligenciar el formulario de inscripción que se encuentra en la página web de la Defensoría. Adicionalmente, las organizaciones defensoras de derechos humanos deberán presentar: Acreditación a través de los instrumentos legales dispuestos para tal fin, de que su objeto social tiene relación directa con el ámbito de aplicación de la Ley 1448 de 2011. Acreditar los documentos que demuestren el desarrollo del objeto social en el ámbito de aplicación de la Ley de Víctimas.

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