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Reforma a la Justicia fue aprobada, pero el debate apenas comienza

Sectores de opinión aseguran que la enmienda no solucionó los verdaderos problemas de la rama. Gobierno defiende iniciativa.

17 de junio de 2012 Por: Redacción de El País, Bogotá.

Sectores de opinión aseguran que la enmienda no solucionó los verdaderos problemas de la rama. Gobierno defiende iniciativa.

La reforma a la Justicia aprobada por el Congreso y que el martes tendrá su conciliación en las plenarias de Senado y Cámara, ya tiene enemigos de peso que la consideran una norma insuficiente y que se encuentra muy por debajo de las expectativas que tenía el país en la materia.Para algunos sectores no se trató de una reforma integral, sino que solamente abarcó un sector de la justicia, tal y como lo observó el exmagistrado de la Corte Constitucional Carlos Gaviria, quien dejó claro que la reforma sólo se dedicó a “crear privilegios” para quienes ostentan el poder “al más alto nivel”.Gaviria, quien también es expresidente de la Corte Constitucional, encontró que no hubo una solución integral al problema de la congestión de procesos, por lo que argumentó que es una reforma que, en últimas, no favorece a las mayorías.Otra de las críticas surgió desde el mismo Congreso, como la que hizo el representante del Polo, Germán Navas Talero, quien aseguró que hubo tantos errores en esta enmienda que, incluso, los magistrados de la Corte Constitucional quedaron inhabilitados para hacerle el control de exequibilidad a la iniciativa, porque resultaron beneficiados.En este sentido, explicó que “el Código Procesal es muy claro en advertir que el magistrado no puede intervenir si está beneficiado con la ley, así que de ‘taquito’ sacaron a la Corte Constitucional de la revisión”, dijo Navas. Ante esta situación, el congresista argumentó que lo que se tendrá que hacer es buscar magistrados ad hoc o conjueces, a fin de que sean ellos los que hagan la revisión de exequibilidad del proyecto de reforma a la justicia.Una visión opuesta tiene el ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, quien subraya que el país llevaba una década tratando de solucionar su problema de acceso y descongestión judicial, por lo que consideró que “para esos colombianos de a pie, o de alpargata, está abriéndose la puerta al acceso a la justicia”.Negó que se trate de una reforma hecha a la medida de los parlamentarios, al indicar que el “Congreso hizo un trabajo serio” y enfatizó que la reforma es “para los más encumbrados funcionarios del Estado, con quienes se tiene deudas en materia de justicia”.El Congreso ‘blindado’Para Alejandra Barrios, directora de la Misión de Observación Electoral (MOE), la reforma establece “un sistema de investigación y juzgamiento a la medida” de los legisladores.Y no es para menos: en la norma aprobaba se determinaron garantías procesales, en materia disciplinaria y penal, para los miembros del Legislativo.La primera de ellas tiene que ver con que en los procesos de pérdida de investidura, que si bien se manejarán en doble instancia en el Consejo de Estado, se elimina la posibilidad de que las denuncias se hagan de manera anónima y que el ciudadano que defina entrar en un proceso de este tipo deberá conocer que si pierde el caso asumirá las costas del mismo.En materia penal se definió también la doble instancia y se separó la investigación y el juzgamiento.Así, se determinó que la Corte Suprema de Justicia tendrá una Sala de Investigación y Calificación integrada por seis magistrados elegidos por la Corte Constitucional de ternas presentadas, a razón de dos, por el Presidente de la República, dos, el Fiscal General de Nación y el Procurador General. La primera instancia será conocida por cinco magistrados elegidos por la Corte Constitucional de listas conformadas mediante convocatoria pública. La segunda instancia se adelantará en la Plena de la Corte Suprema de Justicia.Este procedimiento, a juicio del analista Fernando Giraldo, evidenció que “los congresistas están legislando con intereses particulares y legislan en causa propia” y sustentó: “Hay apetitos desmedidos e intereses individuales y no colectivos”.La silla vacía y el ProcuradorUno de los cambios fundamentales que se dio en la reforma a la Justicia tuvo que ver con la ampliación de los alcances de la figura de la silla vacía, la cual sólo operaba antes para los congresistas que fueran condenados por sus relaciones con grupos armados al margen de la ley y narcotráfico.En el último debate, el representante Alfonso Prada explicó que la intención del Legislativo era “ampliar la figura a quienes hayan cometido y sean sancionados por cualquier delito” y dejó claro que esta figura no operará para los casos de renuncia, incapacidad total o muerte.Paralelo a esta decisión, el Congreso le dio vía libre a la prohibición de que el Procurador General de la Nación pueda conocer de los procesos disciplinarios en contra de los congresistas. Es así que la norma determinó que “mientras la ley define los procuradores delegados que conformarán las salas que tramitarán los procesos contra congresistas, la primera instancia estará a cargo de una sala compuesta por los procuradores delegados para la vigilancia administrativa y por el Procurador Delegado para la moralidad pública. La segunda instancia estará a cargo de la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación”, con lo que se le quita la facultad al titular el Ministerio Público.Sobre este aspecto el analistas dicen que si bien se le quita la facultad al Procurador, no se dirime el lío de “quién tiene la competencia en materia disciplinaria, porque ni siquiera es claro si eso lo puede hacer el Consejo de Estado”.Lo que desapareceEn el proyecto quedó determinado que tanto el Consejo Superior de la Judicatura como la Comisión de Acusaciones pasaron a hacer parte de los anales de la historia.En el primer caso, la Judicatura será reemplazada por el Sistema Nacional de Gobierno y Administración Judicial, decisión que no es acompañada por el presidente de este Tribunal, Ricardo Monroy, quien advirtió que el Constituyente del 91 lo que pretendió fue dotar a la justicia de un organismo de “autocontrol”, pero con la reforma acaban con este principio.Con respecto a la Comisión de Acusaciones de la Cámara su fenecimiento dará paso a una Comisión de Aforados Constitucionales que se encargará únicamente de adelantar juicios políticos. En este sentido, el ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, aseguró que “esta comisión va a resolver un montón de problemas” y destacó que la defunción de la Comisión de Acusaciones “es un paso muy importante en relación con temas que estaban a la espera de solución. Hoy en día hay mas de mil causas que están ahí pendientes de que se tome algún tipo de medida”.El período de los magistradosUno de los temas que más polémica ha suscitado en la reforma a la Justicia tiene que ver con la ampliación del periodo de los magistrados de las altas cortes de 8 a 12 años y la edad de retiro forzoso a los 70 años.La polémica se derivó en que este beneficio se amplió para los actuales titulares de las altas cortes, tema que el mismo ministro de Justicia, Juan Carlos Esguerra, rechazó en su momento, pero del que finalmente no se volvió a referir en los últimos dos debates en la Cámara de Representantes.Esta situación, a juicio de Gloria María Borrero, directora de la Corporación Excelencia en la Justicia, no deja bien parada la reforma, en la medida en que en el ambiente quedó un halo de pago de beneficios a los togados que le estaban haciendo contrapeso a la iniciativa.De hecho algunos analistas coincidieron en que con la reforma el Gobierno y el Congreso “sedujeron a los magistrados de las altas cortes”. Mientras tanto, el politólogo Alejo Vargas vaticinó que “tengo la sospecha que esta reforma se puede caer en la Corte Constitucional, porque es una clara legislación en causa propia”.Justicia en manos particularesOtro de los temas que ha sido criticado por las mismas cortes es la autorización que otorga la enmienda constitucional de que notarios, centros de conciliación y abogados puedan ser jueces en casos determinados. En la óptica de María del Pilar Arango, presidenta Observatorio Nacional de la Administración de Justicia, esto determinaría una privatización en la administración de la justicia, debido a que consideró que la reforma “plantea que, como los juzgados se encuentran congestionados, que en realidad no lo están tanto como argumenta el Gobierno, no son más de dos millones de casos represados sino que cifras oficiales del Consejo Superior de la Judicatura (CSJ) indican que son 509.000, basado en esa información se va a permitir una ayuda temporal, pero lo dudamos porque la norma deja abierta la puerta para que sea permanente”.Por ello, alertó que “ahí existen dos problemas gravísimos: cobrar una tarifa por el servicio de administración de justicia y la pérdida de independencia judicial, pues los notarios son de la Rama Ejecutiva y dependen de la Superintendencia de Notariado y del Presidente. Es grave que un abogado que tiene como cliente a un banco, de la noche a la mañana, se vuelva el juez de sus anterior cliente”.Juzgamiento de aforadosCon la eliminación de la Comisión de Acusaciones de la Cámara se dio paso al surgimiento la Comisión de Aforados Constitucionales.Este organismo se encargará únicamente de adelantar juicios políticos de quienes tiene fuero, incluso del Presidente.Esto significa que en el Congreso se acaban los procesos penales en contra de los magistrados, el Contralor, el Fiscal y el Presidente, entre otros, porque esta comisión sólo podrá dar conceptos políticos y si determinan que hay delitos serán las plenarias las que darán traslado de las pruebas a la Corte Suprema.Uno de los temas que ha llamado la atención de los analistas es el que se refiere a que la Corte Suprema de Justicia investigará y juzgará, entre otros, a los miembros del Congreso, a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, del Consejo Nacional Electoral, al Fiscal General, al Procurador General, al Contralor General y al Registrador.Pero, a renglón seguido determinó que el fuero de estos cargos se mantendrá “aunque hubieren cesado en el ejercicio” y en un parágrafo determina que este beneficio “solo se mantendrá para las conductas punibles que tengan relación con las funciones desempeñadas”.

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