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Quince millones de personas no podrían votar en octubre

Se trata del Artículo 47, aprobado en el texto final de conciliación en el Congreso, que establece que sólo serán aptas para votar las personas que hayan participado en las últimas elecciones, quienes reciban su cédula por primera vez y todas las que deseen inscribirse.

11 de febrero de 2011 Por: Elpais.com.co

Se trata del Artículo 47, aprobado en el texto final de conciliación en el Congreso, que establece que sólo serán aptas para votar las personas que hayan participado en las últimas elecciones, quienes reciban su cédula por primera vez y todas las que deseen inscribirse.

Por cuenta de un artículo incluido, al parecer, a última hora en la Ley estatutaria de la Reforma Política, unos 15 millones de ciudadanos no podrían votar en las elecciones de octubre. Se trata del Artículo 47, aprobado en el texto final de conciliación en el Congreso, que establece que sólo serán aptas para votar las personas que hayan participado en las últimas elecciones, quienes reciban su cédula por primera vez y todas las que deseen inscribirse. Lo que quiere decir que quienes se abstuvieron de votar en los últimos comicios, automáticamente quedarían excluidos del censo electoral, es decir, del grupo de personas aptas para sufragar. De acuerdo con datos de la Registraduría Nacional, 15 millones de personas votaron en la segunda vuelta de las elecciones presidenciales del 2010 y como el actual censo es de 30 millones de ciudadanos, eso indica que la mitad quedaría por fuera. De entrar a regir la norma, que es analizada por la Corte Constitucional, los ciudadanos que quieran votar en octubre y no lo hicieron en marzo y junio pasado, deberán volver a inscribirse. Ese último hecho es el que preocupa a la Registraduría, por cuanto ha dicho que no cuenta con los recursos ni la logística suficiente para inscribir a tanta gente. Así lo indicó el registrador Carlos Ariel Sánchez, al explicar que actualmente el organismo electoral cuenta con $17.000 millones para el proceso de inscripción de cédulas, lo que alcanzaría sólo para inscribir dos millones y medio de personas.Ariel Sánchez señaló que lo que se plantea con ese artículo de la Reforma Política no es depurar el censo, sino “castigar al abstencionista”. “Para qué depuración -dijo- si sabemos que los ciudadanos con cédula nueva son los que están en el censo”, agregó.Para Sánchez lo más grave es que al eliminar la mitad del censo no se logrará identificar la trashumancia electoral y “se obliga a una gran cantidad de ciudadanos a inscribirse como si nunca hubieran votado”.No obstante, el senador Carlos Enrique Soto, quien fue coordinador de ponencias del proyecto que modifica la definición del censo electoral, afirmó que “lo que busca la depuración del censo es crear unas políticas públicas dentro del proceso democrático electoral que permitan tener unos censos reales”.¿Un ‘mico’ a la reforma?Ante las críticas que han surgido de algunos sectores sobre la presunta irregularidad que hubo al incluir el Artículo 47 solamente en el texto que fue discutido y aprobado en las comisiones conciliadoras, Soto aseguró que “no es cierto que el Congreso haya actuado de espaldas al pueblo y que haya saltado como un ‘canguro’ el artículo”.En similar sentido se pronunció el senador Roy Barreras, quien aseguró que será la Corte Constitucional la que revise el procedimiento seguido para la aprobación del artículo. También aclaró que con la norma “no se está excluyendo a nadie”, y que dejarían de votar sólo los que “jamás han votado y que además no se inscriban ahora”.Pero a consideración de expertos políticos, sí es necesario que el país cuente con un censo real de votantes, por lo que consideran “pertinente” la “limpieza” que se le podría hacer.Una de las ventajas del cambio en el censo, según el analista Alfredo Rangel, es que “los votantes efectivos podrían incrementarse en las próximas elecciones debido a esa movilización que se pudiera originar para que las personas no queden excluidas de la masa de votantes”.El también analista Ancízar Marroquín, señaló que esa sería “la oportunidad para que esos liderazgos políticos nuevos en el orden municipal y departamental en las próximas elecciones hagan presencia, porque muchos no lo logran al requerir demasiados votos”.Inscripción de cédulas La Registraduría Nacional del Estado civil indicó que a partir del 23 de febrero y hasta el 22 de mayo las personas que deseen votar en las próximas elecciones de octubre, podrán inscribir sus cédulas.El proceso de inscripción de cédulas estaba previsto para iniciar el 2 de marzo, pero el registrador nacional Carlos Ariel Sánchez explicó que se adelantó porque el Consejo Nacional Electoral fijó el 29 de mayo como fecha de las consultas populares internas entre los partidos.“Entonces no era conveniente que ambas fechas coincidieran, de inscripciones y de consultas”, dijo Sánchez.En los comicios, programados para el 30 de octubre, los colombianos elegirán gobernadores, alcaldes, y miembros de Asambleas Departamentales, Concejos municipales y Juntas Administradoras Locales.El Registrador también señaló que “en este momento, con todos los ajustes, hoy por hoy el censo electoral es de 30.376.000 personas, pero contrario a lo que se está afirmando, el censo no está inflado porque tenemos ciudadanos nuevos, con cédulas renovadas, con hologramas, con código de barras”.De otro lado, el Registrador explicó que de tenerse que reducir el actual censo, se tendrían que solicitar más recursos del Gobierno.“Tenemos 881 municipios en el país donde no hay sino un solo funcionario. De manera que ese funcionario, adicional a lo que hace, tendría que inscribir ciudadanos”, sentenció el Registrador.

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