El pais
SUSCRÍBETE

Procuraduría pide tumbar ley que prohíbe acumular baldíos

Según el comunicado del ministerio público, esta ley es injusta para los campesinos que ya son dueños de otro predio, mientras que permite adjudicación a quien posee predios urbanos.

30 de junio de 2016 Por: Elpais.com.co | Colprensa

Según el comunicado del ministerio público, esta ley es injusta para los campesinos que ya son dueños de otro predio, mientras que permite adjudicación a quien posee predios urbanos.

La Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte Constitucional que tumbe una ley que impide que una sola persona o adjudicatario tenga o pueda acumular terrenos baldíos, en atención al deber de proteger a los campesinos sin tierra. 

Se trata del artículo 72 de la Ley 160 de 1994, por la cual se creó el Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino, y que estimó que esos terrenos baldíos deben ser entregados a campesinos sin tierra. 

Allí se dice expresamente que “no se podrán efectuar titulaciones de terrenos baldíos en favor de personas naturales o jurídicas que sean propietarias o poseedoras, a cualquier título, de otros predios rurales en el territorio nacional”. 

No obstante, en un polémico concepto el procurador Alejandro Ordóñez se mostró en contra de esta reforma agraria y consideró que es injusto que un propietario no pueda tener más de un predio.

 “La consecuencia resulta ser que se impide la titulación de un baldío al campesino que efectivamente lo explota por ser dueño de otro predio, mientras que permite su adjudicación a quien posee predios urbanos o un capital que no supere ese límite, lo que atenta injustificadamente contra el campesino”, señaló la entidad en un comunicado. 

AHORA EN Colombia