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Fernando Carrillo Flórez, procurador General de la Nación. | Foto: Colprensa

IMPUESTOS

Procuraduría pide que se mantenga IVA del 5% a toallas y tampones higiénicos

Según el procurador Fernando Carrillo, con el impuesto no se ha violado el principio de igualdad que reclaman tres demandas que cursan en la Corte Constitucional.

27 de noviembre de 2017 Por: Colprensa

La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Constitucional que mantenga el IVA de 5% a los tampones y toallas higiénicas, tal y como quedó establecido en el artículo 185 de la reforma tributaria pasada (Ley 1819 de 2016).

En este caso, la Corte estudia tres demandas que alegan que se afecta el derecho a la igualdad, ya que las mujeres deben usar estos productos por el sólo hecho de ser mujeres y porque impacta de mayor manera a las personas de escasos recursos.

El Procurador General, Fernando Carrillo, señaló a la Corte que es “admisible gravar productos de primera necesidad utilizados exclusivamente por un género determinado de la población, cuando no hay similitudes en el supuesto de hecho de la norma que ameriten un trato igualitario”.

“Potencialmente distinto sería el caso si existiera un bien servicio de primera necesidad, utilizado exclusivamente por miembros del género masculino, que hubiera sido objeto de un tratamiento tributario marcadamente diferente al del ítem censurado por el demandante. Pero en cuanto sabe el Ministerio Público, no existe un bien como el descrito, por lo que la comparación no puede realizarse. Sin tal comparación no puede el analista concluir que se violó el principio a la igualdad”, dice el concepto.

Carrillo, igualmente, aseguró que no se vulneran los principios de equidad y de progresividad, teniendo en cuenta que las toallas higiénicas y las comprensas no fueron objeto de un nuevo gravamen, sino de la variación de uno que ya existía.

“Con la reforma introducida por la Ley 1819 de 2016, las compresas y tampones higiénicos pasaron de estar gravados a la tarifa general (del 16%) a una más baja (correspondiente al 5 %). Por lo cual, la norma acusada no introduce una dosis manifiesta de regresividad en el sistema, sino que incluso disminuye la eventual dosis de regresividad preexistente, al reducir la tarifa de un producto de primera necesidad para el género femenino”, señaló Carrillo.

Carrillo se pronunció en el marco de la demanda que presentó Danilo Andrés Virviescas Ibarguen y que cursa en el despacho de la magistrada Gloria Ortiz.

En este caso, hay dos demandas más: una presentada por Erika Natalia Moreno Salazar y Mario Alejandro Valencia que está en el despacho del magistrado Antonio José Lizarazo; yotra de Eylen Darly Rojas Salinas, que está en manos del magistrado Alejandro Linares.

Las demandas se interpusieron al considerar que las toallas higiénicas debieron quedar excluidas del IVA pues no habría justificación alguna para su impuesto ya que esto desfavorece a las mujeres, en razón de su sexo.

“Soportan una carga desproporcionada que afecta el mínimo vital, puesto que deben sacrificar otras necesidades básicas para poder adquirir dichos productos”, dice una de las demandas que considera igualmente dicho impuesto como discriminatorio.

“Se impone a un producto de uso específico, esencial y no sustituible, de obligatorio usa para las mujeres, y por ello contraviene el principio de igualdad ya que las niñas y mujeres debemos soportar una carga económica, que no debe ser soportada por los hombres”, agrega.

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