El pais
SUSCRÍBETE

Procuraduría pide a la Corte que tumbe expresión 'hijos legítimos' del Código Civil

En criterio del Ministerio Público, la expresión favorece a los hijos tenidos dentro de un matrimonio, por encima de los adoptados y extramatrimoniales.

25 de abril de 2016 Por: Elpaís.com.co | Colprensa

En criterio del Ministerio Público, la expresión favorece a los hijos tenidos dentro de un matrimonio, por encima de los adoptados y extramatrimoniales.

[[nid:512273;http://contenidos.elpais.com.co/elpais/sites/default/files/imagecache/563x/2016/02/familia-separacion.jpg;full;{Foto: Archivo El País}]]

La Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte Constitucional que tumbe una expresión del Código Civil, que en su criterio favorece a los hijos tenidos dentro del matrimonio, por encima de los extramatrimoniales o los adoptados. 

Se trata de la expresión “hijos legítimos” presente en el artículo 252 del Código Civil (Ley 57 de 1887) que fue demandada por desconocer los artículos 13 y 42 de la Constitución Política. Estas últimas dan derechos similares a los hijos en matrimonio o por fuera de él, adoptados o procreados naturalmente o con asistencia científica. 

Dicho artículo señala que “tienen derecho al mismo socorro todos los demás ascendientes legítimos, en caso de inexistencia o de insuficiencias de las inmediatos descendientes”.

El jefe del Ministerio Público hizo énfasis en el inciso 4 del artículo 42 de la Carta Política, en la que establece que los “hijos habidos en el matrimonio o fuera de él, adoptados o procreados naturalmente o con asistencia científica, tienen iguales derechos y deberes”.

Si bien la ley tiene más de un siglo de antigüedad, y es un asunto que ha sufrido varias modificaciones legales, el Ministerio Público considera que continúa vigente.

"Aunque la Ley 29 de 1982 ya había establecido que no existe diferencia entre hijos tenidos dentro o fuera del matrimonio o adoptados, esta trata únicamente sobre la “igualdad de derechos herenciales”, por lo cual funge como una ley especial y no tiene la capacidad de derogar la disposición demandada", señaló la Procuraduría. 

El Ministerio Público advirtió que no encontró un pronunciamiento en el cual se haya expulsado por ordenamiento jurídico, expresa o tácitamente, la norma demandada y por eso le pidió a la Corte que la declare inexequible. 

AHORA EN Colombia