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Niegan suspensión de fallo que destituye a Gustavo Petro

Tribunal de Cundinamarca negó suspensión del fallo de la Procuraduría que destituye por 15 años al alcalde mayor de Bogotá.

13 de diciembre de 2013 Por: Elpaís.com.co

Tribunal de Cundinamarca negó suspensión del fallo de la Procuraduría que destituye por 15 años al alcalde mayor de Bogotá.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió estudiar la tutela presentada por la defensa del destituido alcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego, en contra del fallo de la Procuraduría, que además lo inhabilitó por 15 años para ejercer cargos públicos por las irregularidades en el sistema de recolección de basuras. Sin embargo, al aceptar la tutela, el magistrado Samuel José Ramírez negó la medida cautelar que también fue solicitada por la defensa del mandatario capitalino, en la cual solicitaba la suspensión de los efectos del fallo disciplinario. En la acción judicial, el abogado Julio Cesar Ortiz esperaba que dicha medida fuera aceptada mientras se tomaba una decisión de fondo frente a la tutela instaurada por el órgano de control. En el fallo del Tribunal, conocido por Colprensa, la sección segunda consideró que no era urgente la aplicación de la medida provisional debido a que no habría “certeza del perjuicio irremediable si no se adopta de inmediato la medida”. Por lo cual “resulta importante valorar si existe un evidente y arbitrario desconocimiento de la Constitución y si la protección cautelar es necesaria para evitar la consumación de un perjuicio fundamental. Finalmente, la Corte ha indicado que se debe cumplir con el requisito de conexidad entre la medida adoptada y la protección cautelar del derecho”, dice el fallo. En este sentido, el magistrado Ramírez Poveda determinó que no se pueden aceptar los argumentos de la acción debido a que la presunta vulneración de los derechos fundamentales aún no ha producido un perjuicio. De todas maneras, el documento advierte que "una vez recaudados suficientes elementos de juicio que hagan evidente la vulneración al derecho y por ende, la necesidad de precaver la ocurrencia de un perjuicio irremediable para el acto, la Sala dicte la medida provisional pertinente, ya que las mismas, dispuestas para proteger derechos fundamentales, pueden ser ordenadas en cualquier etapa de la acción". La tutelaEl abogado Julio Cesar Ortíz, uno de los defensores del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, radicó ante los Tribunales de Cundinamarca una tutela contra la acción de la Procuraduría General que destituyó e inhabilitó, por 15 años, al mandatario de la capital. Según el defensor con la acción judicial se esperaba resolver la sanción del Ministerio Público para evitar cierto desconcierto de la población y en los países vecinos quienes ya se preguntan la relación existente entre las consecuencias del sistema de basuras y la muerte política del Alcalde de la capital. “Se busca la suspensión provisional e inmediata de la medida, creemos que es arbitraria desproporcionada, sin argumento, es un abuso por parte el Procurador”, precisó en su momento Ortíz. El abogado afirmó que en el marco de las garantías constitucionales llegaran hasta donde sea necesario, incluso hasta organismos internacionales, para tratar de tumbar el fallo del Ministerio Público antes de que éste quede en firme, “creemos que se ha violado el proceso y el derecho de defensa”. El defensor añadió que el jefe del Ministerio Público, Alejandro Ordóñez, no tendría competencia para destituir a un funcionario que fue elegido por elección popular, “por constitución eso es solo competencia del Presidente”. Además, advierte que es una decisión administrativa por lo cual no podría tomar decisiones de tipo penal: “el Procurador no es un juez, debe comportarse como un funcionario administrativo”.

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