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Mintrabajo sanciona a Gecolsa y Dimantec con $1.848 millones

La sanción del Ministerio es por tercerización laboral indebida.

29 de abril de 2014 Por: Elpaís.com.co | Colprensa

La sanción del Ministerio es por tercerización laboral indebida.

El Ministerio de Trabajo impuso una multa de 3.000 salarios mínimos a Gecolsa S.A. y Dimantec Ltda., que corresponde a la suma de $1.848 millones a cada empresa por tercerización laboral indebida. Según las investigaciones, Gecolsa no respetó el derecho de libre asociación y faltó a disposiciones contempladas en la Ley de Formalización y Generación de Empleo o Ley del Primer Empleo. Por su parte, se impuso la misma sanción a Dimantec Ltda., quien proporcionaba el personal a Gecolsa S.A., cabe recordar que la multa para esta empresa también es de 3.000 salarios mínimos. “Las dos empresas tienen contratos con compañías mineras y las multas son las más altas que se han impuesto en lo que atañe a intermediación laboral”, señaló el ministro del Trabajo, Rafael Pardo. La sanción adoptada por la Dirección de Inspección, Vigilancia y Control del Ministerio del Trabajo, se impuso conforme a lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley 1429 de 2010 o Ley de Formalización y Generación de Empleo o Ley de Primer Empleo. Gecolsa tiene actualmente vinculados de manera directa un total de 1.269 trabajadores y por intermedio de la empresa Dimantec 3.382, con tan solo 39 afiliados a un sindicato a nivel nacional. En la visita a Gecolsa, se pudo determinar que 3.400 trabajadores en todo el país prestan servicio de mantenimiento y de administración de almacenes de repuestos, actividades que son misionales permanentes de la empresa. Estas actividades no pueden ser ejercidas de manera permanente por personal tercerizado y que según se constató, sus contratos son supervisados por un funcionario de Dimantec Ltda. Esta situación genera que los trabajadores de la empresa Dimantec, al servicio de la empresa Gecolsa, no tengan acceso a las prestaciones a las cuales sí tienen derecho los trabajadores directos de la compañía, es decir, en condiciones de desigualdad pese a que realizan las mismas funciones. De igual manera, dificulta su posibilidad de afiliarse a las organizaciones sindicales existentes en la empresa, lo cual es una de las prioridades del Ministerio del Trabajo, al promover el derecho de la libre asociación sindical, enmarcado en la formalización de las relaciones laborales. La sanción impuesta está en notificación por el Ministerio del Trabajo y sobre ella aplican los respectivos recursos de ley.

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