El pais
SUSCRÍBETE

Mineducación fijó aumento de tarifas en colegios privados para 2014

El Ministerio de Educación indicó que entre los principales factores para realizar los incrementos se cuenta la calidad de la educación ofrecida, así como los esfuerzos de los colegios para lograr certificaciones en un sistema de gestión de calidad.

13 de septiembre de 2013 Por: Elpais.com.co | Colprensa

El Ministerio de Educación indicó que entre los principales factores para realizar los incrementos se cuenta la calidad de la educación ofrecida, así como los esfuerzos de los colegios para lograr certificaciones en un sistema de gestión de calidad.

El Ministerio de Educación Nacional fijó, a través de la Resolución 11951 del 6 de septiembre de 2013, los incrementos aplicables a las tarifas de matrículas y pensiones de los colegios privados de preescolar, básica y media académica para 2014. El promedio de los incrementos de las tarifas de matrícula y pensión, según el número de establecimientos educativos privados es del 3,1 por ciento y para el primer grado el aumento en cada colegio no podrá ser superior al 3 por ciento sobre lo cobrado el año anterior en el mismo grado. Entre los principales factores para realizar los incrementos se cuenta la calidad de la educación ofrecida, así como los esfuerzos de los colegios privados para lograr certificaciones en un sistema de gestión de calidad. Además, preservar la capacidad de pago de los hogares colombianos en los gastos de educación de sus hijos y que la inflación en 2012 se mantuvo por debajo de la meta del 3 por ciento son otros factores. Los colegios privados del país realizan un proceso de evaluación y clasificación para cada año académico, atendiendo a criterios tales como la calidad educativa, el tipo de régimen aplicable, los resultados de las pruebas Saber y la obtención de certificaciones de calidad, todo de acuerdo con las orientaciones del Ministerio de Educación. Tarifas establecidas para 2014 Para los colegios clasificados en Régimen Controlado, es decir los establecimientos que obtienen muy bajos puntajes en su autoevaluación, están sancionados o incumplen los requisitos básicos establecidos, será la Secretaría de Educación de la jurisdicción donde operen la encargada de fijar la tarifa para el primer grado que ofrezca el establecimiento, sin superar el 3 por ciento frente al valor del año anterior. Las tarifas de los grados posteriores se calcularán incrementando máximo en 2 por ciento, respecto a las que el colegio cobró en el año inmediatamente anterior. Los establecimientos en el Régimen de Libertad Vigilada, es decir los que obtienen puntajes intermedios en su autoevaluación, podrán incrementar sus tarifas hasta en un 3 por ciento. Si estos mismos establecimientos se clasificaron en las pruebas SABER 11 en el rango "Superior", podrán realizar incrementos hasta en un 3,1 por ciento y si se ubicaron en la categoría "Muy Superior", el alza podrá ser en 3,2 por ciento. Los colegios del Régimen de Libertad Regulada que tengan altos puntajes en su evaluación institucional podrán incrementar sus tarifas hasta en 3,5 por ciento. Si en las evaluaciones Saber 11 se clasificaron en "Superior", podrán aumentar hasta en 3,6 por ciento y si se clasificaron en "Muy Superior", en 3,7 por ciento. Los establecimientos que se clasifiquen en régimen de Libertad Regulada, certificados o acreditados con ISO9001, o con un modelo de excelencia reconocido por el Ministerio de Educación Nacional, podrán incrementar sus tarifas hasta en 3,8 por ciento. Si en las evaluaciones Saber 11 se clasificaron en "Superior" podrán aumentar máximo en 3,9 por ciento; y si se ubicaron en la categoría "Muy Superior", podrán incrementar hasta en 4 por ciento. Actualmente, de acuerdo con la autoevaluación de los establecimientos, cerca del 49 por ciento de los colegios se ubica en el régimen de libertad regulada, el 35 por ciento en libertad vigilada y el 16 por ciento en régimen controlado.

AHORA EN Colombia