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Mineducación dejó en firme medidas para salvar la Universidad San Martín

Estas medidas son complementarias a las de vigilancia especial decretadas desde enero y con las que se busca proteger los derechos de los estudiantes.

17 de febrero de 2015 Por: Elpais.com.co | Colprensa

Estas medidas son complementarias a las de vigilancia especial decretadas desde enero y con las que se busca proteger los derechos de los estudiantes.

La ministra de Educación, Gina Parody, expidió este martes la resolución 1702 del 10 de febrero del presente año, con el que se pretende adoptar Medidas de Salvamento para la Fundación Universitaria San Martín. Lea también: Estudiantes caleños de la San Martín sobreviven en medio del caosCon este paquete de medidas, Parody busca cancelar los embargos que hasta el momento recaen sobre la Universidad, además de suspender los procesos judiciales y el pago de las obligaciones a terceros a cargo de la Institución. Estas medidas son complementarias a las de vigilancia especial decretadas desde enero y con las que se busca proteger los derechos de los estudiantes, para así brindarles calidad y continuidad en su proceso educativo. El Ministerio de Educación con esta medida que nace de la ley 1740 del 23 de diciembre de 2014, ordena ocho medidas de salvamento para propender por los derechos de los estudiantes de la institución, a una educación en condiciones de continuidad y calidad. Medidas de salvamento No permitir la cancelación de gravámenes constituidos a favor de la Fundación Universitaria San Martín, salvó expresa autorización del Ministerio de Educación. Es decir, que no se permitirá levantar los embargos existentes por obligaciones a favor de la institución. No permitir que se inscriban actas que afecten el dominio de bienes muebles e inmuebles de propiedad de la Fundación, sujetas a registro, a menos que sean autorizadas por el Ministerio. Es decir que ni la Superintendencia de Notariado y Registro, ni las Secretarias de Tránsito, podrán registrar ningún embargo sobre algún bien. Suspensión inmediata de procesos judiciales y administrativos de carácter ejecutivo que estén en curso contra la Fundación Universitaria San Martín. Imposibilidad de admitir nuevos procesos judiciales y administrativos de carácter ejecutivo, nacidos en obligaciones anteriores a la aplicación de esta medida. Es decir que ni jueces, ni autoridades administrativas, podrán admitir o adelantar nuevas demandas ejecutivas contra la Universidad, anteriores al 12 de febrero de 2015, cuando se notificó la medida. Se ordena el levantamiento o cancelación de gravámenes y embargos que afecten bienes de la Fundación universitaria San Martín decretados con anterioridad al 12 de febrero de 2015. Suspender el pago de obligaciones de la Universidad, causados hasta el 12 de febrero de 2015, a menos que sean autorizados por ser necesarios para el restablecimiento del servicio educativo en condiciones de calidad, de acuerdo a la planeación del Ministerio de Educación. Interrumpir el término de prescripción y la operancia de la caducidad de las acciones, respecto a los créditos y obligaciones constituidos a favor de la Fundación, que se hayan hecho exigibles antes del 12 de febrero de 2015; es decir que se ordena la interrupción de los términos legales, de las acciones que tiene la institución educativa, para exigir el pago de sus acreencias. Todos los acreedores de la Universidad, incluidos los garantizados, quedaron sujetos a las medidas adoptadas en esta resolución, por lo cual para ejercer sus derechos y hacer efectiva cualquier garantía frente a la Fundación, tendrán que someterse a esta disposición. Es importante aclarar que para la materialización de estas medidas de salvamento, se notificó al representante legal de la Fundación Universitaria San Martín, se publicó en el Diario Oficial No 49.424 del 13 de febrero de 2015 y se divulgó en la página Web del Ministerio de Educación.

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