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Los animales tienen derecho a una muerte digna y sin sufrimiento

La sección tercera del Consejo de Estado determinó que los animales no pueden ser tratados como cosas pues como seres vivos tienen un propósito vital, por lo tanto tienen el derecho en caso de enfermedad, a tener una muerte digna sin sufrimiento, o a no ser maltratados.

27 de junio de 2012 Por: Elpais.com.co I Colprensa

La sección tercera del Consejo de Estado determinó que los animales no pueden ser tratados como cosas pues como seres vivos tienen un propósito vital, por lo tanto tienen el derecho en caso de enfermedad, a tener una muerte digna sin sufrimiento, o a no ser maltratados.

La sección tercera del Consejo de Estado determinó que los animales no pueden ser tratados como cosas pues como seres vivos tienen un propósito vital, así no lo puedan manifestar, y por tanto son titulares de derechos.El fallo señala que la interpretación de los artículos 2353 y 2354 del Código Civil que fijan qué responsabilidades tiene los dueños de las mascotas, los animales domesticados y de los fieros, debe entenderse reconociendo que son titulares de derechos."Se debe reconocer el valor de los animales como seres vivos y su capacidad para ser titulares de derechos, sin que se les pueda imputar responsabilidad directa por su comportamiento, sino a través de sus propietarios o quienes ostentan su guarda material" , indica la sentencia.El Tribunal señala que al ser los animales titulares de derechos deben tener "una muerte digna sin sufrimiento, o a no ser maltratados" .El fallo se produce con motivo de una demanda interpuesta en contra el municipio de Anserma, Caldas, por la familia de un vaquero que falleció luego que un novillo lo hiciera caer en 1999 mientras ingresaba al matadero las reses que iban a ser sacrificadas al día siguiente.El Consejo de Estado consideró que no asiste razón a la familia y eximió de responsabilidad al municipio.

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