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"Los animales no son sujetos de derechos, como lo son los humanos": Procurador

El procurador Alejandro Ordóñez pide a la Corte que se declare inhibida frente a la demanda que busca declarar a los animales como sujetos de derechos. Polémica.

29 de abril de 2016 Por: Elpaís.com.co | Colprensa

El procurador Alejandro Ordóñez pide a la Corte que se declare inhibida frente a la demanda que busca declarar a los animales como sujetos de derechos. Polémica.

El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, le solicitó a la Corte Constitucional que no se pronuncie sobre una demanda que busca tumbar una disposición del Código Civil, que califica a los animales como cosas y que busca considerarlos como sujetos de derechos. En concepto enviado a la Corte Constitucional, el procurador Ordóñez afirma que la demanda presentada por el abogado Camilo Araque es insuficiente para que la Corte debata.

No obstante, estima que ni la Constitución Política de Colombia, ni los tratados establecen que los animales sean seres en igualdad de dignidad a los humanos y por consecuencia, no pueden ser titulares de derechos. “De la Constitución Política de 1991 o de los tratados sobre protección del medio ambiente ratificados por Colombia no se desprende en forma alguna que los animales sean seres iguales en dignidad a los seres humanos y, en consecuencia, titulares de derechos”, dice el concepto. De acuerdo con Ordóñez, esto no significa que el Estado no deba proteger tanto la fauna como el medio ambiente, como lo ordena la Constitución Política. “Si los animales en realidad fueran sujetos de derechos, tal y como lo somos los seres humanos, sería imposible admitir, como paradójicamente lo hace el acto, que algunos de ellos puedan ser usados (esto es, utilizados como instrumentos) para compañía, supervivencia, investigación y recreación, entre otros”, agrega el concepto. 

La Procuraduría General de la Nación citó el Concepto 6057 de 2016, en donde consideró que “cuando se trata de los derechos humanos, se hace indispensable reflexionar, aunque sea brevemente, sobre el significado de las dos palabras que los componen, es decir, los derechos y los humanos.

En primer lugar, cuando se piensa en el término humano surgen ideas como las de identidad, valor intrínseco, entidad que se relaciona, individuo humano, miembro de la especie humana y sujeto de derechos. Mientras que cuando se hace referencia a los derechos se hace alusión a unos bienes o atributos que son propios o le son debidos a un sujeto y, si son humanos, entonces esos derechos existen justamente en razón de la humanidad del sujeto que los ostenta”.

El Ministerio Público recordó que incluso el artículo 655 del Código Civil ya fue modificado por la ley 1774 de 2006, la cual estableció una diferencia entre los muebles y los animales, calificando los últimos como “seres sintientes y no cosas”.

La polémica en la red 

El pronunciamiento causó de inmediato polémica en las redes sociales, donde algunos han fijado una postura absolutamente contraria a la del Procurador.

El columnista Adolfo Zableh escribió en Twitter: "Creo que estamos mezclando dos cosas diferentes en un solo tema. Los animales no son personas, solo merecen respeto como cualquier ser vivo".

Para el senador Juan Manuel Galán, "la declaración universal de los derechos animales dice que ellos son sujetos de derecho. #LeyContraElMaltratoAnimal".

"Es obvio que los animales no son personas, pero eso no implica que puedan tener ciertos derechos, por ejemplo a no ser maltratados", dijo el usuario Jorge Iván Cuervo, @cuervoji.

Por su parte, el escritor Alberto Salcedo Ramos dijo que "para Ordóñez los gays no son normales, los animales no tienen derechos y los libros son alimento del fuego. Troglodita y mezquino".

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