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Ley antidiscriminación será examinada en la Corte Constitucional

La Ley, que impone penas de cárcel a quienes ejerzan actos de racismo o discriminación, fue demandada por la Procuraduría por considerar que "vulnera más derechos que los que pretende defender"

15 de mayo de 2013 Por: Elpais.com.co | Colprensa

La Ley, que impone penas de cárcel a quienes ejerzan actos de racismo o discriminación, fue demandada por la Procuraduría por considerar que "vulnera más derechos que los que pretende defender"

La Corte Constitucional analiza este miércoles la llamada Ley Antidiscriminación, que establece penas de cárcel para quien ejerza actos de racismo o discriminación de forma arbitraria, restringiendo así el ejercicio de derechos de las personas por razón de su raza, sexo u orientación sexual. Esta polémica norma fue demandada por considerar que afecta el principio a la igualdad, la libertad religiosa, de expresión, de enseñanza, entre otros. De hecho, la Procuraduría General de la Nación solicitó en su concepto rendido a la Corte, que se declaren inexequibles tres artículos de la Ley 1482 de 2011 por considerar que vulnera más derechos de los que pretende proteger. “Las normas demandadas efectivamente podrían conducir a nuevas e incluso a peores discriminaciones u hostigamientos que los que se pretenden sancionar, pues al mismo tiempo que recogen y llevan al derecho penal las categorías de discriminación constitucionalmente prohibidas, no establecen un sujeto activo específico o calificado y, especialmente, no hacen una definición lo suficientemente específica y detallada de qué es lo que constituye los impedimentos, obstrucciones y restricciones de derechos arbitrarias prohibidas”, dice el Concepto del Ministerio Público. De acuerdo con la Procuraduría, la norma es demasiado amplia y poco específica sobre criterios y conceptos que llevarían a la sanción de hechos que corresponderían a la libertad de conciencia, la libertad religiosa, la libertad de expresión y otras libertades y derechos fundamentales. Por ejemplo, para el Ministerio Público es muy amplio que no se establezca qué puede ser una conducta arbitraria que “impida, obstruya o restrinja”, en cualquier grado o medida, “el pleno ejercicio de los derechos de las personas”.“Las normas penales sub examine contienen descripciones supremamente amplias y, en un sentido, ambiguas, lo que no sólo compromete el principio de legalidad o tipicidad en materia penal (…) sino que incluso podría suponer la tipificación del ejercicio de otros derechos y libertades, lo cual escapa a la libertad de configuración del legislador”.

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