El pais
SUSCRÍBETE

Las corridas de toros siguen siendo legales en Colombia

La Corte Constitucional decidió respaldar la norma que permite las corridas de toros.

30 de agosto de 2010 Por: Elpais.com.co | Colprensa

La Corte Constitucional decidió respaldar la norma que permite las corridas de toros.

A pesar de que la Corte Constitucional avaló la continuidad de actividades populares como las corridas de toros y las peleas de gallos, aplicó tres restricciones fundamentales para permitir el desarrollo de estas costumbres.El Tribunal decidió que se deberá garantizar que no habrá sufrimiento animal, por lo que se espera que el Congreso legisle al respecto.Asimismo que este tipo de actividades solamente se podrán cumplir en los municipios donde culturalmente se han adelantado por tradición. Y prohibió que con dineros públicos se construyan escenarios para este tipo de espectáculos.La votación quedó seis contra tres en contra de la demanda, lo cual entregó un respaldo la norma que permite las corridas de toros, riñas de gallos y el coleo, entre otras actividades culturales.En cuanto a la prohibición de inversión pública la Corte señaló que los recursos nacionales no podrán utilizarse para la promoción de actividades y construcción de escenarios, pues el objetivo de la decisión es desalentar estas practicas.En el aspecto relacionado con la atenuación y sufrimiento de los animales, el Tribunal señaló que dentro del debate se analizaron diversas posibilidades que buscan evitar que los animales sufran. En este punto surgieron algunas alternativas como poner una almohadilla u otro tipo de objetos en el lomo de los toros y otros animales involucrados en estas actividades para evitarles al máximo su padecimiento.Sobre la celebración de actividades como éstas en lugares culturalmente permitidos, la Corte quiere limitar en el tiempo este tipo de espectáculos y restringir el espacio de las mismas.Señaló que ninguna norma nueva puede establecer otro tipo de excepciones que puedan llegar a considerar otras actividades distintas a las contempladas en el numeral siete de la ley 84 de 1989: Estatuto Nacional de Protección Animal, como efectuadas a maltrato a animales.Finalmente la Corte es clara al señalar que lo que se quiere es evitar que se generen nuevas actividades donde se presente algún tipo de maltrato animal.El Tribunal dejó en claro que busca motivar un debate en el Congreso para una legislación sobre estas actividades y, además, llama la atención para que culturalmente no solamente la sociedad sino también los empresarios dedicados a estas actividades asuman por convicción la protección animal consagrada en la Constitución y que la Corte acaba de respaldar.Las sociedades protectoras de animales anunciaron para octubre próximo iniciar un proceso de referendo para promover que se retire de la legislación este tipo de espectáculos.

AHORA EN Colombia