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La adopción será la próxima meta de las parejas del mismo sexo

A pesar de la negativa del Congreso a legalizar los matrimonios igualitarios, la comunidad Lgbti buscará ese derecho vía tutela.

28 de abril de 2013 Por: Redacción de El País, Bogotá

A pesar de la negativa del Congreso a legalizar los matrimonios igualitarios, la comunidad Lgbti buscará ese derecho vía tutela.

Con la decisión adoptada por el Congreso, a mediados de semana, de hundir el proyecto del matrimonio igualitario comenzaron a contar los términos de la sentencia de la Corte Constitucional para que los jueces y notarios del país legalicen las uniones de las parejas del mismo sexo.La activación del tiempo determina que este 21 de junio las parejas de homosexuales pueden acercarse ante los jueces o notarios para solemnizar su unión y con ello acceder a los derechos que determinó la sentencia del alto Tribunal.Si bien en el documento de la sentencia C-577 de 2011 no se hace referencia al tema del matrimonio para estas parejas -mantuvo que esta figura jurídica únicamente se aplica a la unión de un hombre y una mujer-, determinó que pueden acceder a los derechos de seguridad social, patrimonial y de herencia tal y como ocurre con las parejas heterosexuales, que no oficializan su relación, pero que obtienen estos beneficios cuando llevan un tiempo de convivencia superior a los dos años.Para este fin, los notarios ya trabajan en la figura del “contrato de solemnización del vínculo marital entre personas del mismo sexo”, el cual será el documento que suscribirán las parejas homosexuales para poder acceder a los derechos.Si bien en la actualidad un grupo de juristas del Ministerio de Justicia y la Superintendencia de Notariado y Registro trabajan en la estructuración de lo que serán las directrices que deberán aplicar los notarios y jueces para estas uniones, un primer parámetro que se dio es que este tipo de contrato tiene que ser celebrado cuando se haga la solicitud y no se acepta la objeción de conciencia.Lo anterior se deriva en que la misma Corte determinó que “tratándose de jueces y notarios, está de por medio el cumplimiento de funciones destinadas a hacer efectivos los derechos constitucionales fundamentales de los asociados, por lo cual su actuación no se ordena a título de colaboración o a la manera de una concesión graciosa, sino que puede ser exigida como cumplimiento de la Constitución”.Este mandato da por descontado que quien se niegue a celebrar un contrato de vínculo marital entre homosexuales se expondrá a una investigación disciplinaria que puede acarrear sanciones, incluso, la destitución del cargo.La ministra de Justicia, Ruth Stella Correa, explicó que lo que se pretende con las directrices es que “todos actúen en consonancia con las normas de derecho que hoy nos rigen”.Lo que vieneLos analistas consultados por este diario coincidieron en que a partir del 21 de junio lo único que pueden hacer los jueces y notarios es darle cumplimiento al mandato de la Corte Constitucional.El abogado constitucionalista, Juan Manuel Charry dice que ahora la tarea les corresponde al Gobierno y a la Corte, ya que “deben comenzar a ejecutar la manera de cómo se va a aplicar la sentencia para garantizar los derechos que les fueron reconocidos a estas parejas”.Igual opina el senador del PIN, Édgar Espíndola, quien anota que además de que se les garantice estos derechos, “el Gobierno debe dejar claro que no se trata de un matrimonio y con ello evitar que se creen confusiones entre la opinión”.Entre tanto, el exmagistrado de la Corte Constitucional, Eduardo Cifuentes, explica que el papel de los notarios, por ser funcionarios que dan fe pública de los acuerdos entre los ciudadanos, será dar “testimonio de los contratos de unión solemne que celebren las parejas del mismo sexo”.Añade que esta nueva figura “va a crear un fenómeno social interesante”, debido a que “lo que se va a presentar es una revolución silenciosa de estas minorías que van a tener su domicilio en las notarías, lo que se muestra como una práctica social renovadora que abre el camino a la tolerancia de la sociedad”.Uno de los que se muestra tranquilo con la decisión del Congreso fue el senador conservador Roberto Gerlein, quien asegura que “todo quedó como venía y no hubo una alteración del orden constitucional y legal en el país”.En contraste, Marcela Sánchez, directora de Colombia Diversa, se limita a recordar que estas minorías ya están “acostumbradas a que en el Congreso nieguen los derechos de esta comunidad”, por lo que anuncia que a partir del 20 de junio “vamos a ir a los juzgados y las notarías a solicitar los matrimonios de las parejas del mismo sexo”.El senador conservador, Eduardo Enríquez Maya, considera que la sentencia ya está en manos de los jueces y los notarios que deben “darle la interpretación correspondiente” y dejar absolutamente claro que no se trata de una figura matrimonial.En este mismo tenor se manifiesta el superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez, quien asegura que hay que dejar claro que “los notarios y los jueces no van a celebrar matrimonios”, ya que ellos, según explica, “tienen que ser coherentes con lo determinado en la sentencia de la Corte Constitucional”.Adopción, ¿el siguiente paso?El tema que van a buscar los miembros de la comunidad LGTBI es el de la posibilidad que la Corte Constitucional les otorgue el derecho a adoptar menores para consolidar familia, ya que –según se dijo- en la sentencia se deja entrever que el concepto de familia no difiere con la condición sexual de quienes la componen.De hecho, en la Corte se encuentra pendiente de fallo una tutela instaurada por una pareja de lesbianas de Antioquia, quienes reclaman el derecho a poder adoptar a un menor.Sobre esto, el exmagistrado Cifuentes recuerda que ya existe un antecedente y fue el caso de un periodista de Estados Unidos que el Bienestar Familiar le había otorgado la adopción de dos niños.Sin embargo, recuerda, cuando se determinó la orientación sexual de esta persona, el Icbf procedió a quitarle los niños, bajo el argumento que en Colombia la ley no autoriza la adopción a homosexuales.Ante esta decisión del Bienestar, el periodista Chandler Burr instauró una acción de tutela, que a pesar de haber sido fallada en su contra por un juzgado y el Tribunal Superior de Bogotá, le fue favorable cuando llegó a manos de la Corte Constitucional, que le otorgó la custodia de los menores, argumentando que al ciudadano se le habían vulnerado sus derechos.Con base en este antecedente, el exmagistrado asegura que “el camino va a ser las notarías y la tutela, ésta última para efectos de la adopción, máxime cuando la Corte tiene una acción a punto de fallar”.Sobre este aspecto, el abogado Charry anota que “creo que esa comunidad da sus batallas más en el ámbito jurídico que el político y, sin temor a equivocaciones, su herramienta va a ser la tutela para poder adoptar, incluso, ya hay antecedentes”.Sin embargo, este diario pudo establecer que el camino para la eventual adopción de menores por parte de parejas homosexuales no está del todo despejado, ya que en septiembre del año pasado el magistrado Jorge Pretelt presentó una ponencia negativa para permitir esta posibilidad a estas comunidades.De hecho, se dice que la misma ley determina que debe haber ‘idoneidad moral’ para poder adoptar un menor y eso se encuentra contemplado en el Artículo 68 de la Ley 1098 de 2006.Adicionalmente, existe un concepto de la Procuraduría, en el que se dice que “si se eliminara la expresión demandada del Artículo 68, entonces se deberá entender que todas las personas podrían adoptar, independientemente de su conducta moral, lo cual significaría desconocer el derecho a la integralidad moral de niños y niñas y no resolvería, en forma alguna, los problemas de los niños en condiciones de adoptabilidad de nuestro país”.No obstante, quienes defienden este derecho argumentan que esta posición de la Corte y de la Procuraduría es conservadora y que lo único que está dejando en evidencia es la exclusión de una parte de la sociedad que también tiene derechos.Así sería el trámiteA pesar que el Ministerio de Justicia y la Superintendencia de Notariado trabajan en las directrices para la celebración de los contratos de unión solemne, fuentes revelaron cómo podría ser el procedimiento para esta figura legal.Según se conoció, una pareja se dirigirá a un juez o un notario y diligenciará un formulario que ya se está perfeccionando. El notario o juez radica la solicitud y luego, a través de edicto, convoca a las partes para la celebración del contrato en el que se reconoce la unión solemne de las partes y en el que se garantizan los derechos y deberes de la pareja.Entre los derechos están la seguridad social, de herencia y patrimonial, entre otros.Mientras que los deberes son de solidaridad y manifestaciones de afecto, socorro y ayuda mutua, tal y como quedó consignado en la sentencia de la Corte Constitucional.Hasta el momento no se ha definido si se requieren o no de testigos que refuercen el acuerdo que se firma.

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