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Garantías electorales aplicarán seis meses antes para el Presidente

Consejo de Estado explicó que la Ley solo incluye al Presidente que estando en ejercicio aspire a la reelección y al Vicepresidente que aspire a la elección presidencial.

8 de agosto de 2013 Por: Elpaís.com.co | Colprensa

Consejo de Estado explicó que la Ley solo incluye al Presidente que estando en ejercicio aspire a la reelección y al Vicepresidente que aspire a la elección presidencial.

Si el presidente de la República, Juan Manuel Santos, decide aspirar a una reelección, la Ley de Garantías Electorales aplicará seis meses antes de la primera vuelta. Así lo determinó el Consejo de Estado, como respuesta a una solicitud que elevó el ministro del Interior, Fernando Carrillo, a esa corporación.La Sala de Consulta y Servicio Civil, con ponencia del magistrado Álvaro Namén Vargas, explicó que dicho término que establece la Ley (que impide cualquier forma de contratación durante el mismo lapso) solo incluye al Presidente que estando en ejercicio aspire a la reelección y al Vicepresidente que aspire a la elección presidencial, y no a los demás órganos o entidades del Estado, tanto del nivel nacional como territorial.A dichas entidades se les continúa aplicando el término de cuatro meses que establece la ley, para suspender cualquier forma que afecte la nómina de la Rama Ejecutiva y la cesación de la contratación directa de los entes del Estado.La Sala señaló que la disposición no se podría extender a las demás entidades que conforman la Administración, porque “daría lugar a resultados irrazonables en términos de gestión y, como lo señaló la Corte Constitucional en la Sentencia C-1153 de 2005, la gestión gubernamental no puede paralizarse por completo ni disminuirse durante lapsos temporales exageradamente extensos, ya que las autoridades administrativas deben contar con instrumentos adecuados para el ejercicio de sus funciones en aras del bien común”.

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