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EPS tendrán que cubrir gastos extras por accidentes de tránsito: Consejo de Estado

La Sección Cuarta del Consejo de Estado amparó el derecho a la salud de una persona que requiere de dos procedimientos específicos para superar las lesiones causadas en un accidente ocurrido en octubre del 2014.

13 de febrero de 2015 Por: Elpais.com.co | Colprensa

La Sección Cuarta del Consejo de Estado amparó el derecho a la salud de una persona que requiere de dos procedimientos específicos para superar las lesiones causadas en un accidente ocurrido en octubre del 2014.

El Consejo de Estado determinó este viernes que cuando la recuperación de una persona que tuvo un accidente exceda los montos establecidos por el seguro obligatorio de accidentes de tránsito, estos deberán ser asumidos por las EPS y las empresas de medicina prepagada. El Soat tiene un tope de 800 salarios mínimos y el Fosyga, fondo estatal, de 300 millones de pesos, “las cuentas de atención de los servicios médico quirúrgicos en el caso de los accidentes de tránsito, que excedan el tope adicional serán asumidos por la Entidad Promotora de Salud del régimen contributivo o del régimen subsidiado en los términos de su respectivo plan de beneficios a la cual está afiliada la persona”, contempla la decisión del Tribunal. En el presente caso, la Sección Cuarta del Consejo de Estado amparó el derecho a la salud de una persona que requiere de dos procedimientos específicos para superar las lesiones causadas en un accidente de tránsito ocurrido en octubre del 2014. Finalmente, la Sala recordó que aunque todas las personas tienen libertad para escoger su EPS, “los usuarios deben acogerse a la IPS a la que son remitidos por sus respectivas EPS, aunque sus preferencias se inclinen por otras instituciones”.

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