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En dos meses los bogotanos deberán elegir nuevo alcalde por destitución de Petro

De acuerdo con algunos analistas, Gustavo Petro todavía puede presentar una tutela pidiendo que le respeten las medidas cautelares e interponer el recurso de nulidad.

20 de marzo de 2014 Por: Redacción de El País

De acuerdo con algunos analistas, Gustavo Petro todavía puede presentar una tutela pidiendo que le respeten las medidas cautelares e interponer el recurso de nulidad.

La decisión del presidente Juan Manuel Santos de no acatar las medidas cautelares dictadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en favor del exalcalde Gustavo Petro genera un efecto dominó sobre el futuro político de la capital del país.No solo porque ratifica la destitución ordenada por la Procuraduría contra el exmandatario capitalino, sino porque ha dejado sin efecto el proceso de revocatoria de mandato previsto para el próximo 6 de abril y lo que se vendrán son unas elecciones atípicas para elegir el nuevo alcalde que guiará los destinos de Bogotá por cerca de dos años.Anoche mismo la Registraduría Distrital anunció mediante un comunicado de prensa que dejó sin efecto la Resolución 0183, mediante la cual citaba a los bogotanos a decidir si le revocaban o no el mandato a Gustavo Petro y procedió a suspender el proceso.Sobre los recursos que ya había destinado el Gobierno Nacional para la revocatoria, que ascendía a $35.000 millones, la Registraduría aclaró que hasta la fecha no se había invertido ningún dinero en esta consulta.Lo que viene en BogotáDe acuerdo con el Decreto 1421 de 1993, en su Artículo 48, luego de una falta absoluta como la que decretó ayer Juan Manuel Santos, “el Presidente de la República, en el decreto de encargo, (en el que se designó al ministro del Trabajo, Rafael Pardo) dispondrá que la nueva elección tenga lugar dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de expedición del citado decreto” y quien resultara elegido deberá posesionarse en los ocho días siguientes a la elección.Así las cosas, y con la decisión del presidente Santos de designar como alcalde encargado a Rafael Pardo, lo que resta es que el Mandatario oficie el llamado a elecciones ante la Registraduría Nacional y la convocatoria a elecciones atípicas quedaría para la primera semana de junio, según algunos analistas. Para el abogado constitucionalista Juan Manuel Charry este tema de las fechas era muy importante porque lo que buscaba el exalcalde Petro tratando de extender su permanencia en el cargo era que a la fecha de su salida faltaran menos de 18 meses para evitar unas elecciones y que el Gobierno Nacional debiera encargar por lo que restaba de mandato a una persona de su mismo movimiento político.“Durante este proceso al alcalde Petro se le hizo un daño enorme a Bogotá y ahora lo que la ciudad necesita, después de quedar rezagada administrativamente, es un alcalde muy ejecutivo y que responda sobre la marcha a varios correctivos, especialmente en materia de movilidad, seguridad y, por su puesto, en temas sociales”, dijo Charry.Sin embargo Nelson Camilo Sánchez, investigador principal del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad, DeJusticia, le aseguró a El País que con el anuncio del presidente Santos no se le cierra el camino al alcalde Gustavo Petro, sino que, por el contrario, le reabre una nueva posibilidad en la justicia interna.“La Corte Constitucional ha dicho en numerosas sentencias que cuando el Estado no cumple con medidas cautelares, es procedente hacer uso legítimo de una tutela para que se le dé cumplimiento a esas medidas y el juez puede suspender la decisión que tomó el presidente Santos”, dijo Sánchez.El proceso a seguir para Petro, según el investigador de DeJusticia, es interponer la tutela ante un tribunal que luego conocería la Corte Suprema de Justicia e iría a una eventual revisión de la Corte Constitucional.Sin embargo el exfiscal Francisco José Sintura indicó que lo único que le queda a Petro es discutir la sanción del Procurador ante la justicia contenciosa administrativa y adelantar la acción de nulidad para la cual tiene cuatro meses ante el Tribunal Administrativo y el Consejo de Estado, pero es una medida de control posterior.“La decisión del Presidente es totalmente ajustada al derecho y las leyes porque las medidas cautelares adoptadas por la Comisión no son de obligatorio acatamiento pues corresponden a un reglamento creado por los mismos comisionados y no proviene de un instrumento internacional ni de un convenio ni un tratado”, enfatizó Sintura, quien en ese aspecto coincidió con la visión de la canciller colombiana, María Ángela Holguín.

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