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En debate del Acto Legislativo para la Paz se hunde 'congresito' para estudiar acuerdos de La Habana

El Senado aprobó en sexto debate la reforma constitucional que considera facultades especiales para que el Presidente implemente los acuerdos que se discuten con las Farc.

20 de abril de 2016 Por: Elpaís.com.co | Colprensa

El Senado aprobó en sexto debate la reforma constitucional que considera facultades especiales para que el Presidente implemente los acuerdos que se discuten con las Farc.

Luego de cinco horas de discusión en la Plenaria del Senado, se aprobó en el sexto debate la reforma constitucional del Acto Legislativo para la Paz, el cual considera entre otras cosas un procedimiento legislativo especial y unas facultades especiales para el Presidente de la República para dar un trámite abreviado de las leyes que se necesiten para implementar los acuerdos de paz. En el debate se eliminó, con aval del Gobierno y por unanimidad, la Comisión Legislativa Especial, también llamado 'congresito', que se dedicaría a discutir exclusivamente los acuerdos de La Habana. Dicha comisión fue reemplazada por un procedimiento legislativo especial, el cual mantiene el principio de 'fast track' (proyectos 2 votaciones, actos legislativos 4 votaciones), pero cada uno de estos será debatido en las comisiones ya establecidas por el congreso: paz, recuperación de tierras, salud u otra según corresponda. El procedimiento especial considerado en el artículo 1 del Acto dicta que para los Proyectos de ley, existan dos debates: un debate en sesiones conjuntas en la comisión respectiva de la que trate el proyecto y un debate en plenarias. Mientras tanto los Actos legislativos serán tramitados en una sola vuelta de 4 debates, con días de diferencia entre comisión y plenaria. También se determinó que todos los proyectos deben tener prioridad y llamarse "el Congreso de Colombia, en virtud del procedimiento especial, decreta". Además todos los proyectos tendrán control de constitucionalidad. Será automático y posterior a la entrada en vigencia de los mismos. El segundo artículo, que fue aprobado como venía en la ponencia, le otorga facultades extraordinarias al Presidente de la República para que, por 90 días (y con la posibilidad de prorrogarlos solo una vez), expida los decretos con fuerza de ley que requieran los acuerdos de paz. Las facultades no podrán expedir actos legislativos, leyes orgánicas, leyes códigos, ni impuestos. Estas facultades solo podrán aplicarse una vez se haya firmado y refrendado popularmente el acuerdo final con las Farc. El tercer artículo considera que durante los próximos 20 años el Gobierno deberá incluir en el Plan Nacional de Desarrollo un plan de inversiones para la paz, priorizando ciudadanos y regiones más afectados por el conflicto. A este punto se le agregó que durante los siguientes seis meses de refrendarse el acuerdo final, las autoridades municipales y departamentales harán los ajustes necesarios a sus planes de desarrollo locales. "Este acto garantizará el cumplimiento ágil, de los acuerdos a los que lleguemos en La Habana. Celebro que podamos llegar a acuerdos con sectores como el Centro Democrático, esto demuestra que más allá de las diferencias con el proceso de paz, es posible seguir encontrando consensos con temas puntuales que tienen que ver con la paz de Colombia", dijo al terminar la plenaria el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo. De esta forma, el Acto Legislativo para la Paz, pasa a sus últimos dos debates en la Cámara de Representantes. 

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