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Decisión de la Corte no le devuelve el territorio marítimo a Colombia

El hecho de que la Corte Constitucional haya limitado la jurisdicción de la CIJ, no quiere decir que la zona en litigio sea nuestra.

3 de mayo de 2014 Por: Elpaís.com.co | Colprensa

El hecho de que la Corte Constitucional haya limitado la jurisdicción de la CIJ, no quiere decir que la zona en litigio sea nuestra.

Este viernes se conoció que la Sala Plena de la Corte Constitucional limitó la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, al condicionar la Ley 37 de julio de 1961, mediante la cual Colombia suscribió el Pacto de Bogotá. Y aunque la Corte declaró exequible la norma, aclaró que la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia no aplica en temas de diferencias limítrofes, ya que además la Constitución de 1991 contempla que los límites del territorio nacional solo pueden modificarse por medio de tratados aprobados por el Congreso, y ratificados por la Presidencia de la República. En la decisión que el primer mandatario, Juan Manuel Santos, calificó como “histórica”, queda la incertidumbre de si al país se le devuelve automáticamente el territorio sobre el cual sostenía una disputa con la nación vecina, pues en opinión de varios analistas, faltarán varios años para que pueda llegarse a un acuerdo binacional. Según el analista político Juan Manuel Charry, la Corte solo desvirtuó la decisión de La Haya al decir que es inválida mientras el gobierno colombiano no celebre un tratado fronterizo con el país en disputa. “El hecho de que la Corte Constitucional haya limitado la jurisdicción de la CIJ, no quiere decir que la zona en litigio sea nuestra. Es más, a la luz del derecho internacional, Nicaragua tendría las de ganar, pero a la luz del derecho interno colombiano, al Gobierno colombiano le da más ‘margen de maniobra’ la decisión, ya que en cierta manera obliga a Nicaragua a ceder, a hacer un tratado en situación más favorable para Colombia, pero no le devuelve en absoluto automáticamente las aguas a Colombia”, afirmó Charry Esto quiere decir, como lo afirmó el Jefe de Estado, que sin tratado con Nicaragua no se puede aplicar el fallo de la CIJ. En la sentencia que se conoció este viernes no se menciona el fallo que le quita al país 75.000 kilómetros cuadrados, sino que se declara la exequibilidad condicionada del Pacto de Bogotá, ratificando la inaplicabilidad de la decisión del órgano internacional. Por otro lado, para el experto John Mario González, Nicaragua no accedería tan fácilmente a esta posible negociación de la zona en litigio, pues recuerda que ya durante 2012 el país vecino interpuso un recurso de desacato ante la CIJ, al conocer que el Gobierno Colombiano respetaba el fallo pero que era inaplicable por la defensa de la soberanía nacional. “Los temas fronterizos son procesos de muy largo plazo, muy probablemente este diferendo continúe durante muchos años más, ya que hay dos componentes importantes dentro del caso, el derecho internacional y el derecho interno y de opinión mayoritaria del país. Estos factores van a hacer que ambas naciones sigan colisionando hasta que llegue el punto en el que Nicaragua acceda a hacer una negociación con más beneficios para Colombia, ya que con esta decisión de la Corte Constitucional, no habría ninguna instancia que obligue a Colombia a acatar el fallo”, concluyó González.

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