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Corte tumba revocatoria del alcalde de Bogotá Gustavo Petro

Con esta determinación, el Alcalde de Bogotá finalizará su periodo que va hasta el 31 de diciembre de este año.

28 de mayo de 2015 Por: Elpaís.com.co l Colprensa

Con esta determinación, el Alcalde de Bogotá finalizará su periodo que va hasta el 31 de diciembre de este año.

La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que no habrá revocatoria del alcalde de Bogotá Gustavo Petro Urrego.  Con esta determinación, el alcalde de Bogotá finalizará su periodo que va hasta el 31 de diciembre de este año. 

La Corte no aceptó una nulidad que interpuso la Registraduría en contra de la tutela T-066 que había ordenado reactivar el proceso. No obstante, sí modificó ese fallo asegurando que no se puede adelantar ese proceso porque a Petro le falta menos de un año de mandato. En este caso, la Corte aplicó por primera vez las disposiciones que había tomado esa misma Corporación en la decisión que avaló el proyecto ley de participación ciudadana que sigue en espera de la sanción presidencial. Dicha normatividad fue condicionada por la Corte de forma tal que de ahora en adelante no se podrán presentar revocatorias en el primero y el último año de un mandatario elegido popularmente. La Sala Plena de la Corte tomó la determinación a la hora de estudiar una solicitud de nulidad que había sido radicada por los registradores distritales Jaime Hernando Suárez Bayona y Esperanza Mejía Reyes a fin de reversar la orden contenida en la tutela T-066 del pasado 16 de febrero que argumentó que no había razones para que no se reanudara el trámite, pues la destitución del alcalde Petro está suspendida y este sigue en el cargo. La Registraduría señaló en esa nulidad no solo el elevado gasto que implicaría hacer la revocatoria, sino que esta solo se podría hacer antes de las elecciones de octubre pues allí ya se elegirá a un nuevo mandatario local.  

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