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Corte tumba restricciones a condenados para acceder a subsidios de vivienda

La norma indicaba que un condenado por delitos contra menores de edad no podía acceder a los subsidios, lo que según la corte es discriminatorio.

16 de junio de 2014 Por: Elpaís.com.co | Colprensa

La norma indicaba que un condenado por delitos contra menores de edad no podía acceder a los subsidios, lo que según la corte es discriminatorio.

La Corte Constitucional tumbó una norma que excluye para efectos de la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda a las personas que hayan sido condenadas por delitos cometidos en contra de menores de edad. Se trata del parágrafo tercero del artículo 12 de la Ley 1537 de 2012, que para la Corte es inexequible por considerarla contraria al principio de igualdad y de proporcionalidad. El presidente de la Corte Constitucional, magistrado Luis Ernesto Vargas Silva, indicó que este tipo de restricciones son un "estigma de por vida que impide la resocialización integral del condenado, que es uno de los fines de la pena". En este caso, la Procuraduría General de la Nación también había pedido a la Corte que declarara inexequible la norma, en el entendido de que una persona que cumple una condena y se reintegra a la sociedad debe fortalecer sus vínculos familiares y sociales y esta restricción para obtener un subsidio de vivienda termina afectando esa posibilidad. Para el Ministerio Público, además, prohibir o negar subsidios de vivienda a delincuentes contra menores no estuvo precedida por estudios biológicos, psicológicos, sociológicos y criminológicos.

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