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Corte reclama a Colpensiones por discriminación a enfermos de VIH

Hombre murió después de cinco años de solicitar pensión de invalidez.

10 de noviembre de 2014 Por: Elpaís.com.co | Colprensa

Hombre murió después de cinco años de solicitar pensión de invalidez.

Como un acto de discriminación definió la Corte Constitucional la posición de Colpensiones al no responder la solicitud de una personas que padecen VIH en el país. Esto tras estudiar el caso de una pareja que padece VIH. El hombre murió cinco años después de solicitar la pensión de invalidez y ahora su esposa, quien es madre cabeza de familia y debe velar por el desarrollo de su hijo de siete años, solicitó a través de una tutela que le sea reconocido este derecho. “Se hace necesario tomar una medida drástica frente a la incuria de la Administración en el caso de la familia involucrada, que ha sido desinteresada y apática frente a su sufrimiento. No han bastado las cuatro acciones de tutelas interpuestas, ni los dos incidentes de desacato, ni las tres peticiones para lograr una respuesta de fondo y acorde con la Constitución Política y la ley. En este punto, se recuerda que las consecuencias negativas de la ineficiencia de la administración no pueden trasladarse al pensionado”, señala la sentencia. Para la Corte Constitucional, con ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio, en este caso se violaron todos los derechos fundamentales de una persona en condición especial y los acusó de cometer actos de discriminación. “Se exhortará a Colpensiones para que al decidir solicitudes de pensiones de invalidez, sobrevivencia o indemnizaciones sustitutivas presentadas por personas que vivan con el VIH o cuyos seres queridos hayan fallecido a causa de este, evite actos discriminatorios, respete la confidencialidad y privacidad del ciudadano y brinde soluciones oportunas”, advierte el alto tribunal. En la sentencia también se ordenó que debe otorgarse de manera inmediata la pensión a la mujer, además de un pago retroactivo de las mesadas que dejó de recibir por causa de la negligencia de Colpesiones. El cumplimiento de la decisión será vigilado por la Defensoría Del Pueblo.

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