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Al revisar un recurso de casación, la Corte ratificó dicha pena al señalar que no hubo errores en las decisiones del Tribunal y desechar los argumentos de los exfuncionarios, para advertir que ambos sabían que se trataba de órdenes irregulares. | Foto: Colprensa

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Corte ratifica condena a dos exdetectives del DAS por 'chuzadas'

Ambos exdetectives fueron condenados por el delito de prevaricato por acción y concierto para delinquir agravado por el Tribunal Superior de Bogotá.

7 de noviembre de 2017 Por: Colprensa

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena impuesta a dos exfuncionarios del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, por las ‘chuzadas’ y seguimientos ilegales realizados por esa entidad a la Corte Suprema de Justicia.

Se trata de la entonces Directora General Operativa Luz Marina Rodríguez Cárdenas y del Supervisor del Grupo Anticorrupción de la Dirección Operativa, Bernardo Murillo Cajamarca, quienes hicieron parte de una asociación criminal que operó desde el 2005 para “realizar seguimientos a sus actividades públicas y privadas y suministrar información imprecisa, mentirosa o sesgada a algunos medios de comunicación para desacreditarlos ante la opinión pública”.

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Ambos fueron condenados por el delito de prevaricato por acción y concierto para delinquir agravado por el Tribunal Superior de Bogotá y le fue prescrita la investigación por el delito de abuso de la función pública, por lo que la pena quedó en 10 años y 10 meses de prisión efectiva.

Al revisar un recurso de casación, la Corte ratificó dicha pena al señalar que no hubo errores en las decisiones del Tribunal y desechar los argumentos de los exfuncionarios, para advertir que ambos sabían que se trataba de órdenes irregulares.

“Lo que está acreditado es que, a la organización liderada por Fernando Tabares, en la cual se cumplía lo dispuesto por la Directora del DAS María del Pilar Hurtado contra los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, se vincularon los procesados, quienes para cumplir el cometido de la asociación criminal impartieron órdenes ilegales a sus subordinados, se reitera, con conocimiento de la condición foral de los sujetos pasivos de sus averiguaciones”, dice la decisión.

La Corte además concluyó que los detectives “no actuaron bajo la errada e invencible convicción de que su proceder era legítimo en su carácter de funcionarios de policía judicial. Por el contrario, sabían del origen de la investigación que dispusieron, tenían conocimiento del fuero de los funcionarios objeto de sus pesquisas y pese a ello suscribieron actos administrativos contrarios a la ley, todo lo cual permite acreditar la comisión de los delitos de concierto para delinquir y prevaricato por acción por los cuales fueron condenados”.

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