El pais
SUSCRÍBETE

Corte ordenó realizar cirugía de cambio de sexo a transgenerista

La EPS deberá convocar a una Junta Médica en 48 horas para valorar los procedimientos de feminización de la voz, feminización facial, depilación láser y liposucción de un transgénero de Bogotá.

23 de mayo de 2013 Por: Elpaís.com.co I Colprensa

La EPS deberá convocar a una Junta Médica en 48 horas para valorar los procedimientos de feminización de la voz, feminización facial, depilación láser y liposucción de un transgénero de Bogotá.

La Corte Constitucional ordenó a la EPS Aliansalud que practique a una trangenerista una cirugía de cambio de sexo y, además, brinde atención integral a la paciente durante todo el tratamiento que requiera.La Corte concedió una acción de tutela a Loreta*, quien consideraba que se le habían violado sus derechos a la dignidad, la identidad sexual, libre desarrollo de la personalidad, a la vida, a la integridad física y a la seguridad social, por negarle la cirugía.La EPS deberá convocar a una Junta Médica en 48 horas para además valorar los procedimientos de feminización de la voz, feminización facial, depilación láser y liposucción, “con el fin de determinar su idoneidad, con fundamento en sólidas razones de salud y no meramente estéticas”.Luego que sea realizada la cirugía, la Registraduría tendrá 10 días para que emita un nuevo registro civil, con el mismo número de identificación, en el que conste como sexo femenino.Así mismo, deberá adoptar todas las medidas necesarias para garantizar “la reserva del primer registro, que solo podrá ser consultado por la actora, por orden judicial que disponga su publicidad en un caso concreto, o por parte de las autoridades públicas que lo disponga”.No obstante, cabe aclarar que el cambio de sexo en el registro no levanta las obligaciones jurídicas que puedan corresponder a Loreta con anterioridad al cambio de sexo.Loreta argumentaba que su vida se veía gravemente afectada, ya que su realidad externa de hombre no coincidía con su personalidad e identidad personal de mujer.La Corte señaló que es contrario a las garantías constitucionales mantener a una persona en un sexo que no siente como propio, ya que sólo a partir del “respeto a su identidad sexual es que podrá realizar su propio proyecto vital que, en forma autónoma, tiene derecho de decidir”.“Era deber de la entidad suministrar los procedimientos o justificar las razones por la cual consideraba que estaba excluido del POS. Al limitarse a señalar que la vida y la integridad de la peticionaria no estaba en riesgo vulneró su derecho a la salud, ya que impuso una barrera administrativa para su acceso a la atención médica que requiere con necesidad”, señaló la Corte. *Nombre cambiado.

AHORA EN Colombia