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Consejo de Estado rechaza demanda contra postulación de Jorge Perdomo a procurador

La demanda solicitaba que se eligiera a un nuevo candidato, por considerar que se vulneraba el artículo 126 que señala que quienes hayan ocupado el cargo de Fiscal, Contralor, Defensor y Registrador, deben esperar un año para poder ser nominados a otros cargos.

18 de octubre de 2016 Por: Elpais.com.co | Colprensa

La demanda solicitaba que se eligiera a un nuevo candidato, por considerar que se vulneraba el artículo 126 que señala que quienes hayan ocupado el cargo de Fiscal, Contralor, Defensor y Registrador, deben esperar un año para poder ser nominados a otros cargos.

[[nid:525351;http://contenidos.elpais.com.co/elpais/sites/default/files/imagecache/563x/2016/04/jorge_perdomo.jpg;full;{Jorge Perdomo fue vicefiscal y fiscal general de la Nación encargado. Foto: Elpaís.com.co l Colprensa}]]

La Sección Quinta del Consejo de Estado decidió no admitir para su estudio la demanda que en días pasados se había presentado contra la postulación del exvicefiscal general Jorge Perdomo como candidato a la Procuraduría General de la Nación. Lea también: Así va la puja en el Senado para elegir al nuevo procurador

La demanda fue interpuesta por Rubén Darío Restrepo Rodríguez quien solicitaba que la Corte Suprema de Justicia eligiera a un nuevo candidato, por considerar que se vulneraba el artículo 126 de la Constitución Política que señala que quienes hayan ocupado el cargo de Fiscal, Procurador, Contralor, Defensor y Registrador, deben esperar un año para poder ser nominados a otros cargos.

La decisión la tomó la magistrada Rocío Araújo asegurando que no se puede demandar una postulación por ser un acto transitorio en un proceso de elección, sino solo cuando ya se produzca el respectivo nombramiento por parte del Senado de la República, cosa que se dará entre Perdomo, María Mercedes López y Fernando Carrillo, en noviembre próximo.

“Lo anterior en manera alguna significa que dicho acto preparatorio de la Corte Suprema de Justicia escape al control judicial puesto que el mismo podrá serlo precisamente cuando se adopte el acto definitivo, es decir –se repite- el acto de elección del nuevo Procurador General de la Nación, momento en el cual de llegar a ser demandado el mismo se establecería el escenario judicial idóneo para verificar la legalidad de todo el proceso, que incluye los actos de trámite y preparatorios, como lo ha sostenido la Sección Quinta del Consejo de Estado”, dice la decisión.

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