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Además de las consultas populares sobre la minería, el que busca crear un estatuto anticorrupción, es uno de los más promovidos en el país. | Foto: Archivo/ El País

'Boom' de consultas, referendos y revocatorias: ¿es bueno para el país?

Los mecanismos de participación ciudadana que estableció la Constitución del 91 nunca se habían usado tanto como hoy. ¿Cuáles serán sus efectos?

14 de mayo de 2017 Por: Redacción El País

Más de cien revocatorias de mandatos de alcaldes y gobernadores, 39 consultas populares para impedir la extracción de oro, de carbón, de petróleo y de gas a gran escala; la consulta anticorrupción de la Alianza Verde; la consulta para evitar la tauromaquia; el referendo contra la adopción igualitaria que se hundió el pasado miércoles; el plebiscito por la paz.

La lista podría ser interminable.

Todos son mecanismos de participación consagrados en el Artículo 103 de la Constitución colombiana, que les permiten a los ciudadanos ejercer el derecho a participar del poder político. Analistas consultados dicen que nunca antes había habido tanto uso de la figura.

Las cifras lo evidencian: solo un referendo se ha materializado desde que se activó la Constitución del 91: el que promovió el Gobierno Uribe, contra “la corrupción y la politiquería”.

En el caso de las revocatorias, ninguna ha prosperado. Pero, ¿su activación será una cuestión de moda o en realidad los colombianos le están dando valor a la potestad otorgada por ley?

Jaime Bernal Cuéllar, exprocurador General de la Nación, asegura que estos son mecanismos bien diseñados, pero se han “desnaturalizado” porque la gente está haciendo uso de ellos con criterios “estrictamente” políticos o con intereses individuales.

Dice que en el caso de las revocatorias de mandatos se requiere de una “verdadera” reglamentación para que quienes lo promuevan argumenten sus motivaciones, porque “las acciones de tutela, las consultas, y todos los mecanismos de participación incluidos en la Constitución bien utilizados, pueden dar para ejercer un control importante”.

Por lo tanto, considera, que quien mueva el aparato estatal sin una razón clara debe tener consecuencias, al menos, económicas.
Pero el debate no está solo en cuáles son las motivaciones, sino el dinero que se necesita y la maquinaria estatal que se debe mover para realizar el trámite.

En Bogotá, por ejemplo, la convocatoria de la revocatoria contra el alcalde Enrique Peñalosa cuesta $45.000 millones y en caso de que prospere, unas nuevas elecciones costarían $45.000 millones, es decir, $90.000 millones en total.

Con ese dinero, se podría hacer la prolongación de la Avenida Ciudad de Cali, la ampliación de la vía Cali-Jamundí y la glorieta de Sameco, obras que propuso el mes pasado el Municipio de Cali.

Sin embargo, el abogado constitucionalista, Juan Manuel Charry, dice que la Carta Magna tuvo como motivación la democracia participativa, por lo que “es más valioso que se promueva la cultura política, que fijarse en los costos de cada procedimiento”.

Aunque Magdalena Correa, doctora en derecho constitucional, sí considera que el país está debatiendo temas cruciales “como para invertir recursos públicos y maquinaria en temas que no son oportunos ni de interés general”, como el referendo que se hundió el pasado miércoles y que buscaba restringir las adopciones en el país.

Sostiene que las revocatorias pueden ser peligrosas, pero “está bien que las autoridades sientan la presión de la ciudadanía que no está de acuerdo con las decisiones que se están tomando”.

Sin embargo, al igual que el exprocurador General, dice que la democracia nunca puede ser usada para que haya personas que tengan menos derechos, y menos, que se conviertan en cortinas de humo.

Los mecanismos

Plebiscito: es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del Ejecutivo, como ocurrió con los acuerdos de paz.

Referendo: convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente.

Revocatoria del mandato: consiste en el derecho político que tienen todos los colombianos, por medio del cual dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.

El cabildo abierto es una reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las JAL en la cual los habitantes participan directamente para discutir asuntos de su interés.
La consulta popular hace una pregunta de carácter general so-
bre un asunto de trascendencia nacional, departa-
mental, municipal, distrital o local.
Debe ser respaldada por firmas.

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