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Bancos no podrán negar ayuda humanitaria a quien no tenga la cédula

Indicación de la Corte al banco Agrario se da después de un tutela puesta por una mujer a la que se negó una ayuda por no tener la cédula de ciudadanía.

26 de noviembre de 2013 Por: Elpaís.com.co | Colprensa

Indicación de la Corte al banco Agrario se da después de un tutela puesta por una mujer a la que se negó una ayuda por no tener la cédula de ciudadanía.

La Corte Constitucional previno al Banco Agrario para que no vuelva anegar la ayuda humanitaria de emergencia a las víctimas sólo porque no presentan la cédula original al momento de reclamar el pago. Al fallar una tutela, la Corte determinó que antes de negar la ayuda, de entrada, debe “llevar a cabo el estudio de riesgos y seguridad implementado por ellos y el procedimiento especial para pago de ayudas humanitarias con contraseña reglado por la Unidad de Atención y Reparación Integral a Víctimas”. Así, en el caso concreto, la Corte consideró que el Banco vulneró los derechos de una mujer a quién le fue negada la ayuda a pesar de que llevaba la contraseña que le expidió la Registraduría, pues su documento había sido robado. Además, la mujer entregó un certificado de vigencia adicional expedido por un funcionario público con atribuciones legales relacionadas con la fe pública que le permitían al banco identificar plenamente a la mujer. “Si bien es cierto la cédula de ciudadanía es el medio de identificación por excelencia, es necesario evaluar en cada caso el alcance que se le debe dar a las normas sobre su valor jurídico, pues hay ocasiones en que su aplicación estricta puede generar afectaciones al ejercicio de derechos fundamentales, más cuando se trata de población en situación de desplazamiento”, señaló la Corte. Así, la Corporación ordenó al Banco que le entregue las ayudas humanitarias a los que tiene derecho a la mujer y que, en adelante, se abstenga de negar de plano la ayuda por la falta de la cédula original.

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