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Aplazan discusión sobre reforma al Código de Policía

Durante el debate en la plenaria del Senado hubo varias voces en contra del controvertido proyecto.

16 de marzo de 2016 Por: Elpais.com.co | Colprensa

Durante el debate en la plenaria del Senado hubo varias voces en contra del controvertido proyecto.

La plenaria del Senado de la República aplazó para la semana de Pascua la discusión del proyecto de ley por medio del cual se reforma el Código Nacional de Policía, conocido también como las normas de convivencia urbanas que son un instrumento de control de parte de los alcaldes y la Policía. Lea también: Nuevo Código de Policía sigue generando polémica

El proyecto, que consta de más de 300 artículos, tiene varios sectores políticos que lo controvierten.

Ejemplo de ello es la ponencia negativa presentada por el senador del Polo Democrático Alexander López, quien pidió que se archive el proyecto por considerar que el mismo en general busca violar las libertades de los ciudadanos.

El senador coordinador ponente, Germán Varón, manifestó que el texto fue reformado atendiendo el respeto de los derechos, incluyendo las protestas o manifestaciones que en el texto original eran sancionadas.

Varón defendió la norma que busca aprobar que la Policía esté facultada para ingresar a un predio privado sin que exista de por medio un permiso de un juez, pero esto sólo será en casos de extrema urgencia que comprometan la vida de las personas. 

La senadora del Centro Democrático Paloma Valencia anunció que el partido acompañará la reforma al código por considerar que es una necesidad para todas las autoridades locales que piden modernizar estas normas, muchas de las cuales ya tienen más de 80 años. 

El presidente del Senado, Luis Fernando Velasco, anunció que previo a la votación del articulado se escuchará en la plenaria a los alcaldes a través de las agremiaciones que les representan para que ofrezcan sus puntos de vista. 

Esta reforma ha causado una gran polémica por tres puntos del código. Uno de ellos referente a las posibilidad de que la Policía haga retenciones temporales de ciudadanos cuando estén en condición de alteración de la conciencia o que pongan en peligro la vida de terceros.

El otro se refiere a la posibilidad de la Policía a ingresar a los domicilios, sin orden de un juez, en casos de “alteración de la conciencia por sustancias alcohólicas o psicoactivas, que se presenten riñas, para preservar la seguridad, en persecución de una persona o cuando se altere la convivencia”.

Y el último es la regulación de las reuniones y marchas. "Toda reunión o desfile público que altere o atente contra la convivencia, la libre movilidad o los derechos fundamentales, especialmente los de los menores de edad, será disuelto por la Policía Nacional", señala el parágarafo del artículo 25.

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