El pais
SUSCRÍBETE

Aplazada decisión sobre adopción por parejas del mismo sexo en la Corte

La Sala de la corte Constitucional tiene plazo hasta el próximo 6 de febrero para tomar la decisión y, si no hay acuerdo, podría terminar en manos de conjueces.

28 de enero de 2015 Por: Elpais.com.co | Colprensa

La Sala de la corte Constitucional tiene plazo hasta el próximo 6 de febrero para tomar la decisión y, si no hay acuerdo, podría terminar en manos de conjueces.

No hubo acuerdo este miércoles en la Sala Plena de la Corte Constitucional, en el debate que permitiría que las parejas del mismo sexo puedan adoptar. Lea también: Adopción por parte de parejas homosexuales: el debate comienzaLa decisión está en manos de 8 magistrados, ya que se aceptó el impedimento del magistrado Mauricio González Cuervo, y el debate por ahora está empatado. La Sala tiene plazo hasta el próximo 6 de febrero para tomar la decisión y, si no hay acuerdo, podría terminar en manos de conjueces. No obstante, se conoció que en la sala del próximo miércoles se citará para entrar directamente a votar. Según se ha conocido, la decisión está 4-4, pues la apoyan los magistrados Luis Ernesto Vargas, María Victoria Calle, Gloria Ortíz y Jorge Iván Palacio; y en contra estarían los juristas Luis Guillermo Guerrero, Gabriel Eduardo Mendoza, Martha Sáchica y Jorge Pretelt. La Corte estudia una demanda en contra de varios artículos del Código de Infancia y Adolescencia referidos a la adopción, y en contra del artículo 1 de la Ley 54 de 1990, que definen las uniones maritales de hecho. La ponencia del magistrado Jorge Iván Palacio busca dejar los artículos como están actualmente redactados, pero condicionar su aplicación para que se entienda que también pueden iniciar los procesos de adopción las parejas del mismo sexo. En este caso, ya el Gobierno Nacional, en concepto del Ministerio de Salud y del Icbf, dio su aval, al indicar que no se han identificado riesgos para la salud y el bienestar de los menores de edad derivada de la adopción de parejas del mismo sexo y que, por otro lado, la orientación sexual de los padres no afecta el desarrollo de los niños. La ponencia acoge esos conceptos y establece que la homosexualidad no es una enfermedad y que afirmar que podría existir el “riesgo” de adoptar la misma sexualidad que sus padres o madres, es discriminatorio, pues asume que es una patología cuando en realidad es una expresión legítima de las libertades y decisiones autónomas de cada persona. “Lo que definitivamente no puede aceptarse es que la orientación sexual de una persona se confunda con su falta de idoneidad para adoptar”, señala la ponencia que en todo caso, deja en claro, que una pareja el mismo sexo que busque iniciar un proceso de adopción, debe cumplir con todos los requisitos de ley, tal y como sucede con las parejas heterosexuales. “Con ello la Corte no pretende autorizar de manera directa la adopción para estas parejas, ni mucho menos fijar un estándar o un parámetro en los procesos de adopción. Lo que para esta Corporación resulta incompatible con la Carta es restringir genéricamente la adopción de parejas del mismo sexo, en tanto dicha prohibición no cuenta con una justificación constitucionalmente válida”, dice el texto de la ponencia.

AHORA EN Colombia