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A Petro se le agotan las herramientas jurídicas para seguir en su cargo

Este martes la Sala Disciplinaria de la Judicatura dictará sentencia en el caso de Gustavo Petro y las tutelas que presentaron los ciudadanos.

3 de marzo de 2014 Por: Elpais.com.co | Colprensa

Este martes la Sala Disciplinaria de la Judicatura dictará sentencia en el caso de Gustavo Petro y las tutelas que presentaron los ciudadanos.

Las herramientas jurídicas se le están agotando al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego, para frenar la destitución e inhabilidad por 15 años para ejercer cargos públicos que le dictó la Procuraduría General de la Nación. Con la primera batalla perdida en el Consejo de Estado, Petro solo espera que la Sala Plena de esa Corporación firme la decisión que le negó la tutela que él había presentado en contra del fallo del Ministerio Público. Lo que falta es ya un solo trámite. A Petro le resta esperar que el Consejo de Estado falle, en decisión unificada, sobre las tutelas que presentaron otros ciudadanos y que en primera instancia sí suspendieron los efectos de la destitución y frenaron un paso esencial que es la notificación al Presidente de la República, Juan Manuel Santos, sobre su destitución. Mientras Petro espera a que fallen esas tutelas, por el lado del Consejo Superior de la Judicatura el panorama no es más favorable. Los magistrados de la Sala Disciplinaria estudian en segunda instancia las 300 tutelas que fueron falladas a su favor por la Seccional de la Judicatura de Bogotá y que suspendieron los efectos de la destitución. No obstante, la ponencia que presentó el magistrado Pedro Sanabria en este caso no es favorable a Petro pues pide tumbar ese fallo de primera instancia y negar el amparo concedido. Este lunes, los magistrados estudiaron la ponencia de Sanabria y no alcanzaron a votar porque le pidieron al togado que ampliara, que explicara con más detalles, por qué en su criterio en este caso no le fueron vulnerados los derechos políticos a las personas que interpusieron las tutelas. La nueva ponencia, de 39 páginas, señala básicamente que los derechos políticos de las 300 personas que interpusieron tutelas en este caso no fueron vulnerados por parte de la Procuraduría General de la Nación. “(…) porque esos derechos no tienen carácter absoluto y por tanto, de ninguna manera su ejercicio puede impedir la existencia de procesos disciplinarios y la imposición de las sanciones que en derecho correspondan”, dice la ponencia. Para decir esto, el magistrado Sanabria se basa en el artículo 277 de la Constitución Política que señala las funciones del Procurador General de la Nación, entre las cuáles está la de ejercer vigilancia de los servidores que ostentan funciones públicas. Igualmente, la ponencia cita un pronunciamiento de la Corte Constitucional que indica que el derecho a elegir y ser elegido no es absoluto, ya que debe ser entendido como derecho y función, y “de ninguna manera puede inmiscuirse en otros mecanismos de control para el buen funcionamiento del Estado, previstos en la propia Constitución y en la ley, como sucede para el caso analizado”. En la ponencia además se dice que los terceros que presentaron las tutelas no tienen la calidad de sujetos procesales y en ese sentido no podían alegar la vulneración al derecho del debido proceso del alcalde Petro. Se espera que ya este martes la Sala Disciplinaria de la Judicatura se reúna desde las 10 de la mañana y vote la ponencia del magistrado Sanabria tal y como está. Si así sucede, la salida de Gustavo Petro de la Alcaldía se daría en cuestión de semanas, a menos de que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos se pronuncie y dicta medidas cautelares a favor del mandatario distrital.

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