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Ruido y arriendos, principales problemas a resolver por los nuevos jueces de paz de Cali

En Cali se eligieron 197 jueces de paz para el período 2012-2017. Alcaldía aseguró que hará acompañamiento al proceso y que buscará recursos para facilitar la tarea de los funcionarios.

11 de septiembre de 2012 Por: Redacción de El País

En Cali se eligieron 197 jueces de paz para el período 2012-2017. Alcaldía aseguró que hará acompañamiento al proceso y que buscará recursos para facilitar la tarea de los funcionarios.

El ruido generado por vecinos bullosos fue el principal tema tratado por los jueces de paz en el último trimestre del 2011, según la Oficina Asesora de Paz.Según Miguel Ángel Quintero, funcionario de dicha dependencia, estos servidores recibieron 580 denuncias por ese tema. Le siguieron los problemas con contratos de arrendamiento, donde se presentaron 250 casos.El reelecto juez de Paz de la Comuna 13, Nevardo de Jesús Carmona, señaló que los líos entre arrendador y arrendatario, por la demora en el pago o “porque la gente se va y no paga los servicios públicos”, fueron los casos que más atendió entre su período anterior (2007-2012). En total, dijo Carmona, a sus manos llegaron 1.792 disputas, las cuales fueron atendidas gracias a la conciliación entre las partes. “Fueron asuntos de menor cuantía que no llegaron a la justicia tradicional, que ya padece de una congestión crónica”, dijo el Juez de Paz. Neil Triviño, juez de paz reelecto en la Comuna 16, dijo que en los cinco años anteriores resolvió conflictos relacionados con arriendos, deudas entre vecinos, problemas por la mala tenencia de las mascotas y daños en bien ajeno.“A diario atiendo unos diez casos porque la gente encuentra en uno a alguien sin ningún tipo de interés que puede mediar en una crisis”, explicó Triviño.A juicio de Yesid Echeverry, profesor del Departamento de Estudios Jurídicos de la Universidad Icesi, los jueces de paz tienen una función clave porque son quienes han logrado solucionar muchos de los conflictos que se dan entre los vecinos. “Ellos gozan de gran legitimidad porque son cercanos a sus comunidades”, resaltó. Más apoyoNevardo de Jesús Carmona dijo que si bien ellos atienden temas que antes iban a la Fiscalía y a los juzgados, es muy poco el apoyo que tienen del Estado.“Necesitamos capacitación y asesoría permanente porque una vez nos posesionamos en el 2007, fue muy poco lo que nos acompañó el Consejo Seccional de la Judicatura”, aseveró Carmona.El director de la Unidad de Acción Vallecaucana, UAV, Nicolás Orejuela, explicó que debe mejorarse la capacitación de los jueces de paz. “El llamado es para las universidades, que pueden colaborar para que estos servidores tengan mejores elementos para acercar a la gente a la justicia y a la equidad”, dijo el líder gremial. Orejuela señaló que los jueces de paz también necesitan mejores condiciones para trabajar como un espacio físico e insumos para que hagan las actas de conciliación.Arabella Rodríguez, asesora de Paz, dijo que para el 2013 se solicitaron $713 millones para apoyar este proceso.El ABC de los jueces de paz¿Qué es?La justicia de paz es un mecanismo que promueve la solución pacífica de conflictos en el campo comunitario. Está fundamentada en el artículo 247 de la Constitución Política. La Ley 497 de 1999 reglamentó su organización y funcionamiento.PrincipiosSus decisiones deberán ser en equidad, conforme a los criterios de justicia propios de la comunidad.De todas sus actuaciones deben quedar actas.La actuación del juez de paz es gratuita.¿Qué casos conocen?Conflictos sociales entre vecinos y familiares que no sean hechos punibles.Problemas económicos en cuantía no superior a los cien salarios mínimos legales mensuales vigentes.ElecciónPor iniciativa del Alcalde, el Concejo o el Personero se solicita a los cabildantes que convoquen a elecciones por voto popular con el mismo censo de las elecciones de autoridades. Su período es de cinco años.ImpedimentosNo pueden conocer casos donde el mismo juez esté involucrado, su compañera (o) permanente u ocasional o alguno de sus parientes hasta cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil.

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