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Procuraduría destituyó e inhabilitó por 12 años al exgerente del HUV, Jaime Rubiano

En fallo de primera instancia, el Ministerio Público sancionó al exfuncionario por irregularidades en dos contratos firmados en el 2013.

6 de septiembre de 2016 Por: Elpaís.com.co

En fallo de primera instancia, el Ministerio Público sancionó al exfuncionario por irregularidades en dos contratos firmados en el 2013.

Por irregularidades en la celebración de dos contratos en el 2013, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 12 años a Jaime Ramón Rubiano, cuando se desempeñaba como gerente del Hospital Universitario del Valle, HUV.

Según el Ministerio Público, se trata de un contrato suscrito para la “prestación del servicio para la operación del servicio de hemodinamia, cirugía cardiovascular, unidad de cuidado intensivo coronario”, y un segundo contrato para el “montaje y puesta en operación, administración y gestión del servicio de cirugía digestiva y cirugía bariátrica por laparoscopia y todos aquellos procedimientos inherentes a los servicios mencionados”.  

La investigación permitió establecer que el exgerente Rubiano suscribió dos contratos el 25 de octubre y el 7 de noviembre de 2013, sin la debida planeación contractual requerida para la suscripción y ejecución de estos.

Por ello, la Procuraduría manifestó que Rubiano, en ejercicio de su cargo, le dio viabilidad "a los documentos previos que posiblemente no contaban con todas las especificaciones técnicas, económicas y jurídicas que fundamentaran en debida forma las contrataciones efectuadas".

Indicó la Procuraduría, que al suscribir los contratos el exfuncionario asumió unas obligaciones de carácter económico sin contar con el amparo presupuestal correspondiente. 

El fallo en primera instancia indica que “al revisar los documentos que respaldan estas contrataciones no se encontró el respectivo amparo presupuestal, lo que permite concluir que el implicado, sin haber realizado los estudios previos o requerimientos del servicio completos, comprometió al hospital por un término de cuatro años y un valor indeterminado, desconociendo el principio de anualidad y las vigencias fiscales (…)”.   

La conducta fue calificada por la Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal como falta gravísima a título de culpa gravísima.

Ya que el fallo es en primera instancia, Rubiano puede apelar ante la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación.

 

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