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Infórmese sobre el cobro coactivo por multas de Tránsito

La Secretaría de Tránsito de Cali, comenzó con los cobros a un primer grupo de cinco mil morosos. Conozca qué debe hacer y cuáles beneficios tiene para cancelar las multas.

3 de abril de 2012 Por: Redacción de El País

La Secretaría de Tránsito de Cali, comenzó con los cobros a un primer grupo de cinco mil morosos. Conozca qué debe hacer y cuáles beneficios tiene para cancelar las multas.

Arrancó el proceso de cobro coactivo para los morosos del Tránsito, luego de vencerse el periodo de gracia que se dio a quienes deben multas desde el 2009. Entérese sobre en qué consiste este proceso y las opciones que tiene si es sujeto del cobro. ¿En qué consiste el cobro coactivo? Es un proceso legal mediante el cual la Secretaría de Tránsito entrará a cobrar los comparendos pendientes que aún no han prescrito. Si usted no paga a tiempo, mediante este procedimiento la entidad puede embargar alguno de sus bienes. ¿A quién le cobran? A toda persona que tenga multas de tránsito sin pagar, que hayan sido impuestas desde el 25 de abril de 2009 hasta hoy. Primero se notificará a los deudores más antiguos, es decir, los del año 2009 y poco a poco al resto. En este primer mes se notificará a cinco mil morosos. ¿Si tengo una multa reciente también puedo entrar en cobro coactivo? Sí. Una vez se impone la multa, la Secretaría comienza el cobro persuasivo, es decir, a informar al infractor por vía telefónica el valor a cancelar. Si la persona no paga, el Tránsito tiene hasta seis meses para notificar al moroso sobre el cobro coactivo. ¿Cómo me notifican? Al domicilio del moroso llega un mandamiento de pago que le informa el monto a cancelar. A partir de ese momento tiene diez días hábiles para presentarse en la oficina de la Secretaría de Tránsito (Salomia) a pagar su multa o hacer un acuerdo de pago. ¿Y si por alguna razón no me presento? Entonces le llegará una notificación por edicto, a partir de la cual tiene otros diez días hábiles para presentarse, como última oportunidad. Pasado ese plazo el Departamento de Cobro Coactivo comienza la investigación de bienes para proceder al embargo. Una vez notificado, ¿qué hago? Debe presentarse a la oficina de Tránsito y pagar el monto. ¿Qué tipo de acuerdos de pago puedo hacer? Hay varios acuerdos que puede convenir, dependiendo del monto de la deuda. Así, usted puede pagar entre el 10% y el 25% inicialmente y diferir el resto a cuotas. ¿Me cobran intereses? Sí. Las multas impuestas después del 16 de marzo de 2010 tienen intereses. ¿Por qué ahora se habla de cobro coactivo? ¿Acaso antes no se hacía? Siempre se ha hecho. Hasta diciembre de 2011 hay abiertos 9.828 casos. Sin embargo, según indica Juan Carlos Peña, coordinador del departamento de Tránsito encargado de esta tarea, “a falta de autoridad no se ha realizado el cobro con la intensidad que se debe”. De ahí que muchas de las multas viejas prescribieran a los tres años. ¿Y si en vez de pagar espero tres años a que la multa prescriba? La Secretaría de Tránsito expedirá un decreto prescribiendo las multas de antes del 2009. La meta del Tránsito es precisamente evitar que las multas que datan de tres años hasta hoy prescriban, al hacer el proceso de cobro coactivo. ¿Qué sanciones conlleva el cobro coactivo? Embargo de bienes (vehículos, propiedad raíz, sueldo). Además, trae problemas crediticios y va a la hoja de vida. Si cambié de casa, ¿cómo me notifican? Como éste proceso es notificado en su historial bancario, dichas entidades lo podrán notificar cuando vaya a hacer alguna diligencia o cuando se presente a algún empleo.

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