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Consejo de Estado estudiará en Sala Plena las tutelas de caso Gustavo Petro

Se trata de las tutelas que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló a favor del mandatario local y que suspendieron provisionalmente los efectos de la destitución e inhabilidad por 15 años proferida por la Procuraduría.

28 de enero de 2014 Por: ElPaís.com.co | Colprensa.

Se trata de las tutelas que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló a favor del mandatario local y que suspendieron provisionalmente los efectos de la destitución e inhabilidad por 15 años proferida por la Procuraduría.

La totalidad de los magistrados del Consejo de Estado serán los encargados de estudiar la tutela que amparó los derechos del alcalde de Bogotá, y que impugnó el Procurador General de la Nación. La decisión la adoptó el alto tribunal este martes y además manifestó que todas las tutelas que lleguen a ese tribunal en este caso serán unificadas. Se trata de las tutelas que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló a favor del mandatario local y que suspendieron provisionalmente los efectos de la destitución e inhabilidad por 15 años proferida por la Procuraduría. La determinación se tomó debido a la importancia jurídica de este caso. Ahora, como las acciones serán estudiadas en Sala Plena, los magistrados que tengan a su cargo los casos tendrán 20 días hábiles para presentar el proyecto de fallo. Cabe recordar que la Procuraduría radicó este martes ante la Secretaría del Consejo de Estado la impugnación en contra de los fallos de tutela que favorecieron al alcalde Petro. El Ministerio Público interpuso el recurso en contra de la acción de tutela señalando que dicha acción no debió ser admitida puesto que la persona que la presentó no podía actuar como agente oficioso del Alcalde Mayor. Esto, ya que la defensa del propio alcalde había antes una tutela como directo afectado. En próximos días el Ministerio Público impugnará el fallo que profirió la Seccional Bogotá del Consejo Superior de la Judicatura en la que suspendió los efectos del fallo contra Petro, hasta que se falle de fondo una acción de nulidad y restablecimiento de derecho que deberá interponer el alcalde en un término de cuatro meses.

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