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Concejales suspendidos por la Procuraduría dicen que no serán reemplazados

La edil Clementina Vélez aseveró que constitucionalmente no se pueden nombrar suplentes en caso de separación temporal del cargo. Agregó que el castigo no afecta las campañas de los políticos a otros cargos públicos.

30 de enero de 2011 Por: Elpais.com.co

La edil Clementina Vélez aseveró que constitucionalmente no se pueden nombrar suplentes en caso de separación temporal del cargo. Agregó que el castigo no afecta las campañas de los políticos a otros cargos públicos.

Luego de conocerse el fallo de la Procuraduría General de la Nación, en la que se investigó disciplinariamente a 11 Concejales de Cali del periodo 2004-2007; la concejala Clementina Vélez Gálvez, una de las afectadas por la investigación, informó que el Cabildo caleño no tendrá suplentes como lo informaron algunos medios de comunicación. “La Constitución Política ha sido reformada por actos legislativos, y en la actualidad no se permite que en las Corporaciones Públicas se den suplencias”, explica Vélez Gálvez, quien advierte que el Concejo de Cali durante los meses de febrero, marzo y abril, sesionará con menos concejales, lo que se irá normalizando a medida que se vayan cumpliendo los tiempos de sanción.La Constitución Política de Colombia en su articulo 134, titulado, faltas absolutas o temporales, fue modificado por el Acto Legislativo No. 1 de 2009, el cual expresa: “Los miembros de corporaciones públicas de elección popular no tendrán suplentes. Sólo podrán ser reemplazados en caso de muerte, incapacidad física absoluta para el ejercicio del cargo, declaración de nulidad de la elección, renuncia justificada y aceptada por la respectiva Corporación, sanción disciplinaria consistente en destitución, perdida de investidura, condena penal o medida de aseguramiento por delitos distintos a las relacionadas con pertenencia, promoción o financiación por grupos armados ilegales, de narcotráfico, delitos contra los mecanismos de participación democrática o de lesa humanidad o cuando el miembro de una Corporación pública decida presentarse por un partido distinto según lo planteado en el parágrafo transitorio 1º del artículo 107 de la Constitución Política.En ese orden de ideas, dice la Concejala, “constitucionalmente no es viable nuestro reemplazo, porque la sanción de la Procuraduría, lo que hace es separarnos del ejercicio del cargo por dos meses”.Por lo tanto, en febrero que es un periodo de receso, no podrán ejercer su investidura los concejales José Fernando Gil, Fernando Tamayo, José Luís Pérez, Jaime Gasca y Clementina Vélez. En marzo se reintegrará como presidente del Concejo el edil Jaime Gasca. Para el inicio de las sesiones ordinarias de marzo, el Concejo sólo podrá sesionar con 17 de sus 21 miembros y su quórum se basará en los 17 en ejercicio del cargo. En el mes de abril ya el Concejo contará con 20 Concejales, y en mayo cuando cumpla la sanción el concejal José Luís Pérez, el Cabildo volverá a contar con todos sus integrantes. En el caso del Presidente del Cabildo Jaime Gasca, será la Concejala Noralba García quien asuma durante un mes la Presidencia en encargo.Asimismo la concejala Clementina Vélez, precisó que de los sancionados por la Procuraduría, quienes tengan aspiraciones a Alcaldía, Concejo, Asamblea y Gobernación, “podremos seguir con ellas, puesto que la responsabilidad indilgada por el Ente de Control no fue basada en el dolo o la culpa y por lo tanto no genera inhabilidad ni pérdida de investidura”.“Con la decisión el mensaje a todos los Concejos, es que si bien el Ministerio Público reconoce la función de los Altos Tribunales de ternar los candidatos a Contralor, exige al Concejal que revise cuando se trate temas similares, analizando la existencia de inhabilidades, labor a la cual no estábamos acostumbrados, pero que acatamos para el futuro”, concluye Vélez Gálvez.

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