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Se conoció que entre las nuevas regulaciones a las fotomultas se encuentra un certificado de calibración de los equipos y una justificación de su instalación, la cual deberá ser en puntos de alta accidentalidad. | Foto: Foto: Archivo de El País

ALCALDÍA DE CALI

¿Cómo se regularán las 'fotomultas'?, resuelva aquí las dudas de la nueva ley

Mintransporte aclaró dudas sobre ley que busca regular fotodetección de infracciones.

17 de junio de 2017 Por: Redacción de El  País 

En el 2011 se impusieron 20.000 ‘fotomultas’ en el país y el año pasado esa cifra ascendió a 1.800.000. Según el Ministerio de Transporte, en los últimos seis años el recaudo por infracciones impuestas a través del sistema de fotodetección supera los $2 billones.

Para el viceministro de esta cartera, Alejandro Maya Martínez, estas cifras evidencian los abusos que se venían cometiendo con las ‘fotomultas’, y que esperan “poner en cintura” a través del proyecto de ley aprobado este jueves por el Congreso de la República, que busca regular la instalación y puesta en operación de estos sistemas.

“Uno no observa que esta herramienta tecnológica hoy esté generando valor agregado frente a reducir los accidentes de tránsito en el país, entonces con la ley se acaban esos abusos, se acaban las 'fotomultas' que se esconden para poder generarle infracciones a los colombianos”, dijo Maya.

El funcionario despejó algunas de las principales dudas frente al tema:

¿A partir de cuándo se hará efectiva la nueva regulación de 'fotomultas'?

Tan pronto se sancione la ley por parte del señor Presidente de la República empieza el periodo otorgado por el Congreso para que el Ministerio de Transporte reglamente la misma en un periodo no superior a seis meses.

¿Está comprobado que este mecanismo contribuya a mejorar la seguridad vial?

Dependiendo del criterio con el que se instale. Hoy no contribuye porque justamente hoy las 'fotomultas' en el país están instaladas con un criterio de lucro, con un criterio de negocio. La 'fotomulta' puede ser una herramienta muy poderosa para poder disminuir los índices de inseguridad vial, pero en la medida en que el criterio de instalación tengan un componente técnico, que esté debidamente señalizado, que el colombiano sepa cuáles son los sitios donde existe una mayor posibilidad de accidente.

Luego de aprobado el proyecto, ¿cuál es el paso a seguir con las secretarías de Tránsito y/o Movilidad de cada ciudad ?

Aquellos alcaldes que tengan interés en utilizar este medio tecnológico lo podrán seguir haciendo bajo dos consideraciones: que la remuneración al privado, si deciden hacerlo por concesión, no puede ser superior al 10 % del recaudo, y la segunda es que debe presentar unos estudios al Ministerio de Transporte y a la Agencia Nacional de Seguridad Vial para que sean estas entidades las que aprueben o rechacen la iniciativa.

¿Entonces con el nuevo proyecto no desaparecen los operadores privados?

No, lo que se les pone es un techo para la remuneración privada, que no puede ser superior al 10 %. Hoy en algunas ciudades está en el 60 y 65%.

¿Cuáles son los criterios que se deben cumplir para la instalación?

Son criterios relacionados con temas de accidentalidad, de flujos vehiculares, flujo de peatones, con la misma geometría de la vía.

¿En qué consisten los estudios que deben presentar los alcaldes que quieran instalar ‘fotomultas’?

Son estudios donde determinen la necesidad de instalar esos equipos, los cuales tienen que soportarlos frente a índices de accidentalidad, de flujo de vehículos, de peatones; una vez tengan ya estructurado el proyecto lo radican en el Ministerio de Transporte.

¿Las 'fotomultas' instaladas actualmente se van a quitar?

La ley no es retroactiva y al no ser retroactiva se presumen legales, lo que si establece es que las ‘fotomultas’ que se encuentren en funcionamiento tienen un plazo de seis meses, expedida la reglamentación, para tramitar la autorización y continuar operando.

Con la nueva regulación de 'fotomultas', ¿qué tipo de infracciones se sancionará?

Las mismas que se sancionan el día de hoy: mal parqueo, semáforo en rojo, temas de velocidades.

¿Cómo se van a establecer las velocidades de las cámaras?

El proyecto de ley no contempló ningún cambio en las velocidades que hoy están incorporadas en el Código de Tránsito. El proyecto tiene incorporado que los equipos deberán estar calibrados por laboratorios autorizados; hoy esos equipos no se calibran.

¿Qué tipo de señalización deben tener las nuevas 'fotomultas'?


Se le debe indicar al conductor que a 500 metros se va a encontrar con una zona de detección por 'fotomulta'.

¿Qué pasará con las 'fotomultas' móviles?


Tendrían que cumplir con los requisitos establecidos en la reglamentación que expida el Ministerio de Transporte.

¿Cómo se va a sancionar el incumplimiento de la ley?

La Superintendencia de Puertos y Transporte tiene facultades para que aquellas 'fotomultas' que no cumplan con las condiciones previstas en la ley puedan ser retiradas.

En el proyecto se habla de identificar al infractor a través de la ‘fotomulta’ y no solamente tomar la placa del vehículo, ¿cómo puede hacerse esto?

La ley contempla es que el propietario del vehículo será solidariamente responsable de la infracción, es decir que debe responder por ella.

¿Cómo deben ser notificadas las personas de una 'fotomulta'?


Son tres días para que el organismo de tránsito notifique de manera personal, por correo certificado o electrónico.

¿Es cierto que los presuntos infractores se podrán defender a través de medios electrónicos desde su ciudad de residencia si la 'fotomulta' fue tomada en otro municipio del país?

Sí, justamente lo que quedó aprobado en la ley es que se pueda notificar por correo electrónico o por correo certificado para que el ciudadano no tenga que ir hasta ese municipio.

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